¿Qué responsabilidad tiene la amante por destruir a las familias de otras personas?
1. Si un tercero mantiene una relación bígama o de convivencia, se debe poner fin a la relación y cesar la vulneración de los derechos legales del cónyuge.
2. Discúlpate. Si el comportamiento del tercero perturba el trabajo y la vida normales del cónyuge legal y le causa daño mental, debe disculparse.
3. Devolver la propiedad. Si un tercero acepta indebidamente una propiedad e infringe los derechos de propiedad del cónyuge legítimo o marido y mujer, la propiedad debe ser devuelta.
4. Compensar las pérdidas, incluidas las pérdidas materiales y psíquicas. Si el marido no sabe cómo criar a los hijos nacidos de su esposa y de un tercero, el marido tiene derecho a exigir al tercero el pago de una indemnización por daños materiales y morales.
5. Si el tercero tiene pruebas que demuestren que desconoce la relación matrimonial con otra persona, no será jurídicamente responsable;
6. , el tercero sabe que la otra parte tiene cónyuge. Si todavía está casado con él o no ha registrado su matrimonio, pero vive juntos como marido y mujer, se considerará que ha cometido el delito de bigamia y será condenado a pena fija. -pena de prisión no superior a dos años o detención penal por parte del tribunal.
¿Podrá la señora recuperar su propiedad?
1. La propiedad adquirida por Sanxiao es la misma propiedad entre marido y mujer, incluso después del divorcio. Porque durante el matrimonio una de las partes no tiene derecho a disponer unilateralmente de los mismos bienes.
2. Si la amante recibe la tarifa de ruptura, según la denuncia anterior, la pareja puede recuperarla con la misma propiedad.
3. Incluso si se llega a un acuerdo de ruptura con Sanxiao y no se paga la tarifa de ruptura, Sanxiao no tiene derecho a demandar porque el acuerdo de ruptura no es válido.
En resumen, si no hay daños personales u otro comportamiento ilegal causado a una de las partes de la familia destruida, la ley no lo perseguirá.
Base jurídica:
Ley Penal de la República Popular China
Artículo 258
Quien tenga cónyuge y cometa bigamia, o sabiendo a sabiendas que otra persona tiene cónyuge, quien se case con ella será condenado a pena privativa de libertad no superior a dos años o prisión penal.
Artículo 259
Quien a sabiendas conviva o se case con el cónyuge de un soldado en servicio activo, será sancionado con pena privativa de libertad no mayor de tres años o prisión penal.
El que aprovechándose de su cargo para violar a la esposa de un soldado, será condenado y sancionado conforme a lo dispuesto en el artículo 236 de esta Ley.