Reglamento de protección del medio marino de la provincia de Shandong (revisión de 2018)
Cualquier contaminación fuera de las aguas bajo la jurisdicción de esta provincia que cause contaminación en aguas bajo la jurisdicción de esta provincia se implementará de acuerdo con las leyes nacionales pertinentes y estas regulaciones. Artículo 3 La protección del medio marino seguirá los principios de planificación integral del mar y de los ríos, teniendo en cuenta tanto la tierra como el mar, dando prioridad a la prevención, combinando prevención y control, y tratando tanto los síntomas como las causas profundas. Artículo 4 Los gobiernos de los pueblos costeros en todos los niveles protegerán estrictamente las áreas funcionales ecológicas marinas clave, las áreas ecológicamente sensibles y las áreas vulnerables de acuerdo con las líneas rojas de protección ecológica delineadas de conformidad con la ley. Artículo 5 Los gobiernos de los pueblos costeros a nivel de condado o superior establecerán y mejorarán el sistema de jefes de bahía para lograr una cobertura total de áreas marítimas importantes en la región.
Los directores de la bahía a todos los niveles deben organizar, coordinar y supervisar la gestión y el control de los recursos del espacio marino, la prevención y el control integral de la contaminación, la protección y restauración ecológica y la prevención de riesgos ambientales para mejorar la calidad del entorno ecológico marino. y mantener la seguridad ecológica marina. Artículo 6 Las autoridades del medio ambiente ecológico costero a nivel de condado o superior son responsables de la supervisión y gestión del medio marino dentro de sus respectivas regiones administrativas, y los departamentos de desarrollo y reforma, recursos naturales, agricultura y áreas rurales, transporte y otros departamentos lo harán. un buen trabajo en la protección del medio marino de acuerdo con sus respectivas responsabilidades.
El departamento administrativo marítimo (en adelante, el departamento marítimo) es responsable de la supervisión y gestión de la contaminación del medio marino por buques no militares dentro de las aguas portuarias bajo su jurisdicción y por buques no pesqueros. y buques no militares fuera de las aguas portuarias, y es responsable de la prevención y control de los accidentes de contaminación, investigación y tramitación. Artículo 7 Los departamentos de medio ambiente ecológico, recursos naturales, agricultura y zonas rurales, transporte y asuntos marítimos cooperarán estrechamente entre sí para proteger conjuntamente el medio marino. Se pueden llevar a cabo investigaciones conjuntas y aplicación conjunta de la ley sobre accidentes de contaminación marina o actos ilegales que dañan el medio marino.
Si los contaminantes de origen terrestre causan daños al medio marino o los accidentes de contaminación de barcos causan daños a la pesca, el departamento de medio ambiente ecológico o el departamento marítimo involucrarán a los departamentos agrícola y rural en la investigación y manejo.
Si en la investigación y tratamiento de accidentes de contaminación pesquera distintos de los especificados en el párrafo anterior intervienen otros departamentos supervisores y administrativos, deberán intervenir otros departamentos supervisores y administrativos. Artículo 8 Los gobiernos de los pueblos costeros a nivel de condado o superior incluirán los fondos necesarios para la construcción ecológica marina, el monitoreo del medio marino y otras protecciones del medio marino en el presupuesto fiscal al mismo nivel, y aumentarán gradualmente la inversión de capital en función del desarrollo económico y social.
Los gobiernos de los pueblos costeros a nivel de condado o superior deberían fortalecer la publicidad y la educación de las leyes y regulaciones de protección del medio ambiente marino, fomentar la innovación científica y tecnológica en la protección del medio ambiente marino, promover la producción más limpia, desarrollar la economía circular y promover el desarrollo sostenible de la economía marina. Artículo 9 El departamento provincial de medio ambiente ecológico, junto con los departamentos pertinentes, formulará un plan provincial de protección del medio marino y un plan especial para la protección del medio ambiente en zonas marítimas clave, y los implementará después de su aprobación de acuerdo con los procedimientos.
Los departamentos administrativos de medio ambiente ecológico de las ciudades y condados costeros (ciudades, distritos) deberán, junto con los departamentos pertinentes, formular planes de protección del medio ambiente marino para sus respectivas áreas administrativas basados en los planes de protección del medio ambiente marino de nivel superior. y los planes especiales de protección ambiental de zonas marítimas claves, planificación y presentación para su aprobación según procedimientos.
La lista de áreas marítimas clave será elaborada por el departamento provincial de recursos naturales en consulta con los departamentos pertinentes y presentada al Gobierno Popular Provincial para su aprobación y publicación. Artículo 10 Los departamentos administrativos del medio ambiente ecológico a nivel municipal o superior a lo largo de los distritos costeros publicarán periódicamente boletines de calidad del medio ambiente marino o boletines especiales.
Los departamentos de recursos naturales, agricultura y zonas rurales, etc. proporcionarán a los departamentos competentes de ecología y medio ambiente los datos del medio marino necesarios para la elaboración de boletines de calidad ambiental; y otros departamentos proporcionarán a los departamentos de recursos naturales, agricultura, zonas rurales, etc. información relacionada con el medio marino. Artículo 11 Los gobiernos de los pueblos costeros a nivel de condado o superior organizarán los departamentos pertinentes para formular e implementar planes de emergencia para la prevención y el control de desastres de marea roja y llevar a cabo trabajos de prevención y control.
Los departamentos de medio ambiente ecológico competentes a nivel de condado o superior deben fortalecer el monitoreo, la vigilancia, la alerta temprana, el pronóstico y la publicación de información cuando ocurren mareas rojas, deben informar al gobierno popular en el nivel; mismo nivel de manera oportuna y reportarlos al departamento ecológico provincial nivel por nivel.
Cuando las unidades y los individuos descubren marea roja, deben informarlo al departamento de medio ambiente ecológico local de manera oportuna. Artículo 12 Los gobiernos populares costeros a nivel de condado o superior organizarán los departamentos y unidades pertinentes para formular planes de emergencia para accidentes de contaminación ambiental marina; cuando ocurra un accidente importante de contaminación ambiental marina, los departamentos y unidades pertinentes tomarán medidas de acuerdo con los planes de emergencia; para eliminar o reducir los riesgos de contaminación.
Cuando un accidente de contaminación ambiental marina pone en peligro la salud humana y los recursos biológicos marinos, el gobierno popular a nivel de condado o superior notificará o publicará de inmediato información relevante a las unidades y al público que pueda resultar perjudicado por la contaminación. Artículo 13 Las áreas con condiciones geográficas, ecosistemas, recursos vivos y no vivos especiales y necesidades especiales de desarrollo y utilización marinos podrán ser designadas como reservas marinas especiales.
La selección, construcción y gestión de reservas marinas especiales serán formuladas por el departamento provincial de recursos naturales de acuerdo con las regulaciones nacionales pertinentes y presentadas al Gobierno Popular Provincial para su aprobación. Artículo 14 El desarrollo y utilización de los recursos marinos respetará estrictamente las líneas rojas de protección ecológica, cumplirá con la planificación del área funcional marina principal, la zonificación funcional marina, la planificación de protección del medio ambiente marino, la planificación especial para la protección ambiental de áreas marinas clave y la protección ambiental relevante. normas y no causarán daños al medio ambiente ecológico marino.
Ninguna unidad o individuo puede construir proyectos de construcción en bahías o estuarios semicerrados que afecten los canales de marea, la seguridad contra inundaciones, reduzcan la capacidad de intercambio de agua o aumenten la tasa de sedimentación de los cursos de agua.
Al excavar arena y grava de mar o desarrollar recursos en islas y áreas marinas circundantes, se deben tomar medidas estrictas de protección ecológica y no se debe cambiar el entorno ecológico de la topografía de la isla, las llanuras de marea y las áreas marinas circundantes. sin autorización.