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Medidas de la provincia de Anhui para la implementación de la "Ley de Monopolio del Tabaco de la República Popular China" (revisión de 2017)

Artículo 1 Con el fin de regular el comportamiento de los monopolios del tabaco, salvaguardar los derechos e intereses de los consumidores, proteger los derechos e intereses legítimos de los cultivadores de tabaco y los fabricantes y operadores de productos de tabaco, y proteger los ingresos fiscales nacionales y locales, de conformidad con la Ley de Monopolios del Tabaco de la República Popular China y otras leyes y reglamentos administrativos. Estas medidas se formulan en función de la situación real de la provincia. Artículo 2 Estas Medidas se aplican al cultivo y producción de tabaco, transporte, almacenamiento, venta, importación y exportación de productos de monopolio de tabaco dentro de la región administrativa de esta provincia. Artículo 3 El término “productos especiales de tabaco”, tal como se menciona en estas Medidas, se refiere a cigarrillos, puros, tabaco rallado, hojas de tabaco recurridas, hojas de tabaco, papel de fumar, barras con filtro, estopas de tabaco y maquinaria especial para tabaco. Entre ellos, los cigarrillos, los puros, el tabaco cortado y las hojas de tabaco recicladas se denominan colectivamente productos del tabaco. Artículo 4 Los gobiernos populares locales a nivel de condado o superior cooperarán con los departamentos administrativos del monopolio del tabaco en niveles superiores para fortalecer el liderazgo y la supervisión de la gestión del monopolio del tabaco y coordinarse para resolver problemas importantes en la gestión del monopolio del tabaco.

Los departamentos administrativos del monopolio del tabaco en todos los niveles son responsables de la gestión del monopolio del tabaco dentro de sus respectivas regiones administrativas.

Los departamentos de seguridad pública, industria y comercio, supervisión técnica y de calidad, precios, transporte, correos, aduanas y otros departamentos deben coordinar y gestionar el monopolio del tabaco de acuerdo con sus respectivas responsabilidades. Artículo 5 El Estado y la sociedad fortalecerán la publicidad y la educación sobre los riesgos para la salud del tabaquismo, prohibirán o restringirán fumar en el transporte público y en lugares públicos, disuadirán a los jóvenes de fumar y prohibirán fumar a los estudiantes de escuelas primarias y secundarias. Artículo 6 El departamento administrativo del monopolio del tabaco desempeñará las siguientes funciones:

(1) Promover, implementar y hacer cumplir las leyes y reglamentos de gestión del monopolio del tabaco;

(2) Investigar y sancionar las violaciones de leyes de monopolio de tabaco, Casos que involucran leyes y regulaciones;

(3) Responsable de la revisión, emisión y gestión de licencias de monopolio de tabaco, certificados de transporte y otros documentos;

(4) Emprender la responsabilidad del departamento administrativo superior del monopolio del tabaco y sus colegas. El trabajo relevante de gestión del monopolio del tabaco asignado por el gobierno popular al mismo nivel. Artículo 7 Las empresas tabacaleras firmarán contratos de producción y compra de hojas de tabaco con los productores de tabaco de acuerdo con el plan de compra de hojas de tabaco y el plan de plantación emitidos por el Estado, estipularán el área de plantación de hojas de tabaco, el precio de compra de las hojas de tabaco y los derechos y obligaciones de ambas partes. , promover variedades excelentes y proporcionar los servicios técnicos y el apoyo financiero necesarios. Artículo 8 Las empresas tabacaleras podrán establecer puntos de compra de hojas de tabaco en las zonas tabacaleras de conformidad con la ley y comprar hojas de tabaco de manera uniforme de acuerdo con las normas de compra prescritas por el Estado. Ninguna otra unidad o individuo puede comprar hojas de tabaco.

Los sitios de compra de tabaco deben mostrar muestras de grados de tabaco que cumplan con los estándares nacionales, publicar los precios de los grados e implementar estrictamente estándares de medición y estándares de grado de calidad. Artículo 9 Se prohíben en la compra de hojas de tabaco las siguientes conductas:

Comprar hojas de tabaco a menor precio;

(2) Rechazar hojas de tabaco producidas en el área de siembra acordada en el contrato;

(3) Incumplimiento en el pago de la compra de hojas de tabaco;

(4) Cobertura y condonación de la compra ilegal de hojas de tabaco y provisión de condiciones convenientes para los ilegales compra de hojas de tabaco. Artículo 10 Si los productores de tabaco tienen objeciones a la calidad de la hoja de tabaco determinada por el punto de compra de la hoja de tabaco, el departamento administrativo del monopolio del tabaco puede organizar un grupo de calidad de la hoja de tabaco compuesto por representantes de los departamentos pertinentes del mismo nivel, los gobiernos populares de los municipios y la hoja de tabaco. productores a realizar una revisión. Si los productores de tabaco o los sitios de compra de tabaco no están satisfechos con los resultados de la revisión, pueden solicitar su aprobación al departamento local de supervisión técnica y de calidad a nivel del condado o superior. Artículo 11 Las empresas fabricantes de monopolios de tabaco deben implementar estrictamente los estándares de calidad nacionales, esforzarse por reducir el contenido de ingredientes nocivos y mejorar la calidad de los productos de tabaco.

Las empresas fabricantes de monopolios de tabaco no suministrarán cigarrillos y puros a operadores que no tengan una licencia de empresa mayorista de monopolio de tabaco. Artículo 12 El departamento administrativo del monopolio provincial del tabaco es responsable de la dispensación de cigarrillos y puros nacionales famosos y de alta calidad, y orienta a las empresas tabacaleras de todos los niveles para racionalizar su diseño, ponerlos a pedido, orientar el consumo y garantizar el suministro. Artículo 13 El monopolio del tabaco y el negocio mayorista serán administrados uniformemente por las empresas tabacaleras.

Las empresas mayoristas de monopolio de tabaco no proporcionarán productos de tabaco a unidades o individuos sin una licencia minorista de monopolio de tabaco. Artículo 14 Se considera que cualquier persona que suministre cigarrillos o puros a empresas minoristas o a personas físicas que no tengan una licencia de empresa mayorista de monopolio de tabaco, o venda más de 50 cigarrillos o puros a la vez, se dedica a un negocio mayorista de productos de tabaco sin un monopolio mayorista de tabaco. licencia empresarial. Artículo 15 Los cigarrillos y puros vendidos al por mayor por empresas mayoristas del monopolio del tabaco estarán marcados con marcas antifalsificación del monopolio del tabaco. Las etiquetas antifalsificación del monopolio del tabaco están bajo la dirección unificada del departamento administrativo provincial del monopolio del tabaco. Artículo 16 Las empresas o personas que se dedican al negocio minorista de productos de tabaco solicitarán una licencia minorista de monopolio de tabaco al departamento administrativo del monopolio de tabaco. Sólo después de obtener una licencia comercial después de la aprobación del departamento administrativo industrial y comercial podrán operar dentro de la zona geográfica prescrita. alcance. Artículo 17 Las empresas y las personas que hayan obtenido una licencia minorista de monopolio de tabaco de conformidad con la ley comprarán productos de la empresa mayorista de monopolio de tabaco donde se encuentra la autoridad que expide la licencia.

Los cigarrillos y puros almacenados y vendidos por empresas minoristas de cigarrillos y por particulares deben tener etiquetas antifalsificación del monopolio del tabaco. Artículo 18 Los siguientes actos están prohibidos en la producción y operación de productos especiales de tabaco:

(1) Producir y vender productos especiales de tabaco falsificados y de mala calidad;

(2) Venta de tabaco de contrabando productos especializados;

(3) Proporcionar instalaciones, lugares, fondos, cuentas, transporte y otras condiciones convenientes. Contrabando de productos especiales de tabaco o producción y venta de productos especiales de tabaco falsificados y de mala calidad;

(4) Compra ilegal de cigarrillos y puros con fines comerciales.