Red de Respuestas Legales - Derecho de patentes - ¿Se consideran propiedad conyugal los subsidios estatales recibidos después del matrimonio?

¿Se consideran propiedad conyugal los subsidios estatales recibidos después del matrimonio?

El subsidio de vivienda recibido después del matrimonio es propiedad conjunta del marido y la mujer. Según la ley, pertenecen al marido y a la mujer: salarios, bonificaciones, remuneraciones por servicios laborales, ingresos de producción, operación e inversiones, ingresos por derechos de propiedad intelectual heredados o donados que no se indique claramente que pertenecen a una de las partes; ; otra propiedad que debería pertenecer a * * *.

Base Legal

Artículo 1062 del Código Civil

Los siguientes bienes adquiridos por una pareja durante el matrimonio son bienes comunes de los cónyuges y pertenecen a los cónyuges :

(1) Salarios, bonificaciones y remuneraciones por servicios laborales;

(2) Ingresos de producción, operación e inversión;

(3) Ingresos de derechos de propiedad intelectual;

(4) Los bienes heredados o donados, salvo lo previsto en el párrafo 3 del artículo 1063 de esta Ley;

(5) Los demás bienes que deban pertenecer a * * *.

El marido y la mujer tienen iguales derechos para disponer de los mismos bienes.

Artículo 1063

Son bienes muebles de uno de los cónyuges:

(1) Los bienes prematrimoniales de una de las partes;

(2) Compensación o compensación recibida por una de las partes por daños personales;

(3) Bienes determinados como pertenecientes únicamente a una de las partes en el contrato de testamento o donación;

(4) Artículos de primera necesidad utilizados exclusivamente por una de las partes;

(5) Otros bienes que deban pertenecer a una de las partes.