¿Cómo tratar con las personas que hacen acusaciones falsas?
El tratamiento legal para el montaje es prisión de duración determinada no mayor a tres años, detención penal o vigilancia si se causan consecuencias graves, la persona será condenada a prisión de duración determinada; de no menos de tres años pero no más de diez años. Si no hay montaje intencional, pero sí acusación falsa o montaje, no se aplicará lo dispuesto en el párrafo anterior.
Objetividad jurídica:
El artículo 243 de la “Ley Penal” fabrica hechos y formula acusaciones falsas para incriminar a otros con la intención de someter a otros a un proceso penal. Si las circunstancias son graves, se le impondrá pena privativa de libertad no mayor de tres años, prisión preventiva o control penal si se causan consecuencias graves, se le impondrá pena privativa de libertad no menor de tres años pero no; más de diez años. Todo funcionario del Estado que cometa el delito previsto en el párrafo anterior será severamente castigado. Si no hay montaje intencional, sino acusación falsa o montaje, no se aplicará lo dispuesto en los dos primeros párrafos.