¿Cómo nos ayudará el estudio del sistema jurídico civil en nuestro trabajo, estudio y vida futuros?
Las relaciones jurídicas civiles se refieren a relaciones sociales con derechos y obligaciones civiles establecidos con base en normas jurídicas civiles y formadas mediante el ajuste de normas jurídicas civiles.
Las personas inevitablemente formarán diversas relaciones sociales en la vida social y estarán reguladas por diversas normas. Entre ellas, las relaciones sociales formadas por el ajuste del derecho civil son relaciones jurídicas civiles. Por tanto, las relaciones jurídicas civiles son la expresión jurídica de las relaciones sociales reguladas por el derecho civil. Las normas jurídicas civiles regulan las relaciones de propiedad y las relaciones sociales entre sujetos iguales, es decir, estipulan que un determinado hecho jurídico producirá determinadas consecuencias jurídicas, que consiste en crear una relación jurídica civil entre las partes.
El concepto de relaciones jurídicas civiles
Las relaciones jurídicas civiles se refieren a aquellas reguladas por normas jurídicas civiles, reconocidas y protegidas por leyes civiles, consistentes con las normas jurídicas civiles, y basadas en derechos y obligaciones. relaciones sociales.
Características de las relaciones jurídicas civiles
Las relaciones jurídicas civiles tienen las siguientes características:
1. Las relaciones jurídicas civiles son relaciones jurídicas.
Las relaciones jurídicas civiles son relaciones sociales establecidas de conformidad con las normas del derecho civil, por lo que son relaciones jurídicas.
2. La relación jurídica civil es una relación entre sujetos iguales y generalmente se establece de forma voluntaria.
Debido a que las relaciones sociales reguladas por el derecho civil son relaciones de propiedad y relaciones personales entre sujetos iguales, las relaciones jurídicas establecidas de acuerdo con las normas del derecho civil sólo pueden ser relaciones entre sujetos iguales. Al mismo tiempo, las relaciones jurídicas civiles no sólo se ajustan a la voluntad del Estado, sino que también reflejan la voluntad de las partes. Generalmente son establecidas voluntariamente por las partes según sus propios deseos. Siempre que los actos realizados por las partes conforme a su propia voluntad no violen la ley, la relación jurídica establecida está protegida por la ley.
3. La relación jurídica civil es una relación jurídica que tiene como contenido los derechos y obligaciones civiles.
El derecho civil ajusta las relaciones sociales y otorga a los sujetos civiles derechos y obligaciones, por lo que las relaciones jurídicas civiles son también derechos y obligaciones civiles.
Una vez establecida una relación jurídica civil, una de las partes disfruta de los derechos civiles y la otra parte asume las obligaciones civiles correspondientes.
[Editar este párrafo] Elementos de la relación jurídica civil
Los elementos de la relación jurídica civil se refieren a los factores o condiciones necesarios que constituyen una relación jurídica civil. El sujeto, el objeto y el contenido de una relación jurídica civil son los elementos constitutivos de una relación jurídica civil, porque sin ninguno de ellos no se puede establecer una relación jurídica civil. Si alguno de ellos cambia, la relación jurídica civil también cambiará.
1. Sujeto de relación jurídica civil
El sujeto de relación jurídica civil, denominado sujeto civil, se refiere a una persona que participa en relaciones jurídicas civiles, goza de derechos civiles y asume obligaciones civiles. Cualquiera que pueda convertirse en sujeto civil de conformidad con la ley, ya sea una persona física o una organización, es una "persona" en el derecho civil. Por tanto, son sujetos civiles las personas naturales, las personas jurídicas y otras organizaciones. El Estado también puede convertirse en un sujeto civil. Por ejemplo, el Estado es propietario de bienes estatales y deudor de la deuda nacional.
2. Contenido de la relación jurídica civil
El contenido de la relación jurídica civil son los derechos y obligaciones que disfrutan los sujetos civiles en las relaciones jurídicas civiles, es decir, los derechos y obligaciones civiles entre las partes.
El contenido de las relaciones jurídicas civiles incluye derechos y obligaciones, que son a la vez opuestos y relacionados entre sí. El contenido de los derechos se expresa mediante las obligaciones correspondientes y el contenido de las obligaciones se limita mediante los derechos correspondientes.
3. Objeto de la relación jurídica civil
El objeto de la relación jurídica civil se refiere al objeto de los derechos y obligaciones en la relación jurídica civil.
[Editar este párrafo] Clasificación de las relaciones jurídicas civiles
Según diferentes estándares, las relaciones jurídicas civiles se pueden clasificar de la siguiente manera:
1. hay directos Los intereses patrimoniales y las relaciones jurídicas civiles se pueden dividir en relaciones jurídicas patrimoniales y relaciones jurídicas personales.
Relación jurídica patrimonial se refiere a la relación jurídica civil directamente relacionada con la propiedad y basada en el contenido de la propiedad.
Relación personal se refiere a una relación jurídica civil que es inseparable del sujeto y no tiene directamente contenido patrimonial.
2. Según el ámbito del deudor, las relaciones jurídicas civiles se pueden dividir en relaciones jurídicas absolutas y relaciones jurídicas relativas.
Relación jurídica absoluta se refiere a una relación jurídica civil en la que el sujeto de la obligación no es específico y todo el mundo excepto el acreedor es el deudor.
Relación jurídica relativa se refiere a la relación jurídica civil en la que el sujeto de la obligación es una persona determinada.
3. Según la complejidad del contenido, las relaciones jurídicas civiles se pueden dividir en relaciones jurídicas civiles únicas y relaciones jurídicas civiles compuestas.
Una relación jurídica civil única se refiere a una relación jurídica civil con un solo conjunto de derechos y obligaciones correspondientes.
Relación jurídica civil compuesta se refiere a la relación jurídica civil correspondiente a dos o más conjuntos de derechos y obligaciones.
4. Según las características de formación y realización, las relaciones jurídicas civiles se pueden dividir en relaciones jurídicas civiles basadas en derechos y relaciones jurídicas civiles protectoras.
La relación jurídica civil de derechos se refiere a la relación jurídica civil formada por sujetos civiles con base en sus propios actos jurídicos y que pueden realizarse con normalidad.
Las relaciones jurídicas civiles protectoras se refieren a las relaciones jurídicas civiles que surgen de actos ilícitos.
La aparición, modificación y eliminación de las relaciones jurídicas civiles
1. El significado de la aparición, modificación y eliminación de las relaciones jurídicas civiles
La aparición, modificación y eliminación de relaciones jurídicas civiles se refiere a la aparición, modificación y eliminación de relaciones jurídicas civiles. La relación de derechos y obligaciones civiles formada entre sujetos debido a ciertos hechos jurídicos civiles.
Cambio de relación jurídica civil significa que la relación jurídica civil original ha cambiado debido a ciertos hechos jurídicos civiles. Incluyendo cambios de tema, cambios de objeto y cambios de contenido.
La eliminación de una relación jurídica civil se refiere a la terminación de la relación jurídica civil original debido a determinados hechos jurídicos civiles.
2. Razones de aparición, cambio y eliminación de las relaciones jurídicas civiles - hechos jurídicos civiles.