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Reglamento del tiempo de decoración en días laborables

Análisis Legal

El tiempo de transformación se fija en ocho horas diarias. El horario de decoración prescrito por el Estado es de 8:00 a 12:00 y de 14:00 a 18:00 los días laborables. En los días festivos, festivos y laborables de 12 a 14 horas y de 18 a 8 horas del día siguiente, queda prohibido realizar decoración y otras operaciones generadoras de ruido en las viviendas terminadas y entregadas. Cuando se opere durante otros períodos, se deben tomar medidas de control de ruido para reducir la interferencia a los residentes circundantes. Cuando se llevan a cabo actividades de decoración de interiores en edificios residenciales que han sido terminados y puestos en uso, se debe limitar el tiempo de trabajo y se deben tomar otras medidas efectivas para reducir y evitar la contaminación acústica ambiental a los residentes de los alrededores. El propietario deberá proporcionar las comodidades necesarias para que los titulares de derechos adyacentes utilicen agua y drenaje. La utilización del agua corriente natural se distribuirá razonablemente entre los propietarios de inmuebles adyacentes. La descarga de agua natural debe respetar la dirección natural del flujo.

Base Legal

Artículo 288 del Código Civil de la República Popular China Principios razonables y correcto manejo de las relaciones adyacentes.