Marcas reconocidas por las autoridades industriales y comerciales
1. La Oficina de Marcas de la Administración Estatal de Industria y Comercio determinó que: De acuerdo con el artículo 4, párrafo 1, de la " Reglamento sobre Reconocimiento y Protección de Marcas Notoriamente Conocidas": "El interesado considera que otros Si una marca aprobada y anunciada preliminarmente viola el artículo 13 de la Ley de Marcas, se podrá presentar una objeción ante la Oficina de Marcas de acuerdo con las disposiciones del Se deberá presentar la Ley de Marcas y su reglamento de aplicación, y los materiales pertinentes que acrediten que la marca es notoria. El artículo 5 de las Disposiciones sobre Reconocimiento y Protección estipula: “En la gestión de marcas, si la parte considera que la marca utilizada por otros cae. en las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley de Marcas, y solicita la protección de su marca notoriamente conocida, podrá presentar una queja ante la ciudad (región) donde ocurrió el caso) ante el departamento administrativo industrial y comercial antes mencionado. presentar una solicitud por escrito y presentar los materiales pertinentes que demuestren que la marca es notoriamente conocida, y también deberá presentar una copia al departamento administrativo industrial y comercial provincial local”, es decir, solicitar el reconocimiento de una marca notoriamente conocida a través de una oposición de marca. caso, o solicitar el reconocimiento durante el proceso de gestión de marcas. Las marcas notorias serán reconocidas por la Oficina de Marcas de la Administración Estatal de Industria y Comercio.
2. La Junta de Revisión y Adjudicación de Marcas de la Administración Estatal de Industria y Comercio confirmó que el artículo 4, párrafo 2, del “Reglamento sobre el Reconocimiento y Protección de Marcas Notoriamente Conocidas” estipula: “La parte considera que la marca registrada de otra persona viola el artículo 13 de la Ley de Marcas. Si así está estipulado, puede solicitar a la Junta de Revisión y Adjudicación de Marcas que cancele la marca registrada de acuerdo con las disposiciones de la Ley de Marcas y su Reglamento de Aplicación, y presentar las correspondientes materiales que demuestren que la marca es notoriamente conocida ". Es decir, quienes soliciten una marca notoriamente conocida a través de casos de disputas de marcas deben presentar una solicitud a la Junta de Revisión y Adjudicación de Marcas de la Administración Estatal de Industria y Comercio.
3. Solicite al tribunal: excepto en el caso de objeciones de marcas y disputas sobre marcas, puede solicitar al tribunal el reconocimiento de marcas comerciales reconocidas. Generalmente, solo los tribunales intermedios y superiores pueden reconocer marcas comerciales reconocidas.