¿Existen riesgos legales por la participación sindical?
¿Tener acciones en nombre de otra persona? En sentido estricto, siempre que sea un sustituto de la tenencia de acciones, existen riesgos legales, que dependen principalmente de la magnitud del riesgo. La razón principal para poseer acciones en nombre de los accionistas es que la identidad de los accionistas está oculta, es decir, son accionistas anónimos en el sentido legal. Si no existe nulidad jurídica (artículo 52 de la Ley de Contratos), la firma de un acuerdo de participación en nombre de los accionistas generalmente tiene menos riesgo legal.
Tenga en cuenta:
Primero, la participación accionaria del sindicato también debe ser realizada por alguien, y el sindicato en sí no tiene las calificaciones pertinentes.
Segundo; , si el acuerdo de participación se firma para eludir las disposiciones obligatorias de la ley, generalmente se considera inválido.