¿Las hermanas son cuidadoras legales?
1. En términos generales, los hermanos y hermanas no tienen la obligación legal de apoyarse unos a otros;
2. Sin embargo, bajo circunstancias especiales, los hermanos y hermanas pueden tenerla. obligaciones de apoyo mutuo.
(1) Los hermanos y hermanas mayores que tienen capacidad financiera tienen la obligación de mantener a los hermanos y hermanas menores cuyos padres han fallecido o cuyos padres no pueden mantenerlos.
(2) Los hermanos y hermanas que tienen capacidad de sustento tienen la obligación de sustentar a los hermanos y hermanas que carecen de capacidad para trabajar y tienen una fuente de ingresos.
Además de la obligación de los padres de mantener a sus hijos menores, los padrastros, abuelos y padres adoptivos también tienen la obligación legal de mantenerlos en determinadas circunstancias, de la siguiente manera:
1. Tienen la obligación de criar y educar a sus hijos. Si los padres incumplen sus obligaciones, los menores o hijos que no puedan vivir de forma independiente tienen derecho a pedir a sus padres el pago de una pensión alimenticia;
2. Los derechos y obligaciones entre los padrastros o madrastras y los hijastros que ellos críen y eduquen. se regirán por las leyes pertinentes sobre las relaciones entre padres e hijos. Se puede observar que los padrastros tienen la obligación de sustentar a los hijastros menores;
3. Derechos y obligaciones entre padres adoptivos e hijos adoptados. Si el adoptante incumple su obligación de manutención, y abusa, abandona u otros actos que atenten contra los legítimos derechos e intereses de los menores adoptados, el adoptante tiene derecho a solicitar la terminación de la relación de adopción entre los padres adoptivos. y los hijos adoptados;
4. Los abuelos que puedan permitírselo, existe la obligación de sustentar a los nietos menores cuyos padres hayan fallecido o cuyos padres no puedan sustentarlos. Sólo en una de estas dos situaciones los abuelos tienen obligaciones legales de manutención.
En resumen, las obligaciones de custodia, manutención o manutención de los padres, cónyuges o hijos adultos son lo primero. Sólo cuando el deudor de primer orden no exista o sea incapaz de cumplir, los hermanos de segundo orden cumplirán y cumplirán la obligación alimentaria. De lo contrario, los hermanos y hermanas no tienen que cumplir con sus obligaciones de manutención.
Base jurídica:
Artículo 1075 del "Código Civil de la República Popular China"
Hermanos y hermanas con capacidad económica, cuyos padres hayan fallecido o cuyos padres no puedan sustentarlos. Los hermanos menores de edad tienen la obligación de sustentarlos.
Los hermanos y hermanas que pueden ser criados por sus hermanos y hermanas tienen la obligación de mantener a los hermanos y hermanas que carecen de la capacidad de trabajar y de tener una fuente de ingresos.
Artículo 1059
El marido y la mujer tienen la obligación de sustentarse mutuamente.
Cuando la otra parte no cumple con sus obligaciones de manutención, la parte que necesita manutención tiene derecho a exigir a la otra parte el pago de honorarios de manutención.