Disposiciones sobre legados a 60 días en el Código Civil
Un legado se refiere a un acto jurídico civil en el que una persona física dona sus bienes personales en forma de testamento al Estado, a una colectividad o a una persona considerada como heredero legal, y pasa a ser legalmente vigente después de su muerte. El legado será un acto jurídico válido a la muerte del legatario. Aunque la intención de donar bienes a otros se hace antes de la muerte del legatario, el legatario sólo surtirá efectos jurídicos después de la muerte del legatario, es decir, la transferencia de la propiedad no se producirá antes de la muerte del legatario.
En pocas palabras, el legatario deberá hacer manifestación de aceptación o abandono del legado dentro de los 60 días siguientes a su conocimiento. Si no se expresa su vencimiento, se tendrá por abandonada la herencia.
Base jurídica:
Código Civil de la República Popular China
Artículo 121
La herencia comienza cuando fallece el causante.
Artículo 122
La herencia es el bien mueble jurídico que deja la persona natural al morir.
No se heredará la herencia que no pueda heredarse según la ley o la naturaleza de la herencia.
Artículo 124
Comenzada la herencia, si el heredero renuncia a ella, deberá hacer declaración escrita de renuncia antes de disponer de la herencia, si no hubiere expresión, la herencia; se considerará aceptada.
El legatario deberá, dentro de los sesenta días siguientes a su conocimiento de la herencia, hacer expresión de aceptación o renuncia a la herencia; si ninguna expresión caduca, se considerará que el legatario ha renunciado a la herencia;