Red de Respuestas Legales - Leyes y reglamentos - ¿Puedo subastar el primero sin subastar el segundo?

¿Puedo subastar el primero sin subastar el segundo?

2. Puede solicitar al tribunal una subasta. Una vez sellado o retenido el bien, el albacea ordenará a la persona sujeta a ejecución que cumpla con las obligaciones especificadas en el documento legal dentro de un período de tiempo determinado. Si la persona sujeta a ejecución no cumple con sus obligaciones dentro del plazo, el tribunal popular subastará los bienes sellados o retenidos.

Artículo 1: Durante el proceso de ejecución, el tribunal que primero sella, detiene y congela (en adelante, el embargo) será responsable de tramitar los bienes embargados, pero las reclamaciones que hayan entrado en la ejecución procedimiento de otros tribunales no será responsable de los bienes embargados para aquellos con garantías reales prioritarias y derechos de prioridad (en adelante, reclamaciones de prioridad), si han transcurrido más de sesenta días desde la fecha del primer embargo, y el tribunal que primero. La propiedad incautada no ha emitido un anuncio de subasta ni ha iniciado el proceso de venta de la propiedad incautada, el tribunal de ejecución de reclamaciones de prioridad puede solicitar que la propiedad incautada sea transferida para su ejecución.

Artículo 2: Si el tribunal de ejecución de pretensiones solicita que el tribunal transfiera primero los bienes embargados para su ejecución, emitirá una solicitud de transferencia y ejecución, incluyendo la información pertinente sobre la transferencia y ejecución del propiedad incautada y la primera incautación de los derechos del acreedor, y adjuntar documentos legales válidos que confirmen las reclamaciones de prioridad y la descripción del caso. 1. El tribunal de sellado emitirá una carta de ejecución de transferencia dentro de los quince días siguientes a la fecha de recepción de la solicitud de ejecución de transferencia del tribunal de ejecución de reclamaciones de prioridad y lo notificará a las partes interesadas.

Artículo 3: Ejecutada la transferencia del inmueble, cuando el tribunal de ejecución de prelación imponga disposición o el inmueble continúe embargado, se podrán tramitar los trámites correspondientes con la carta de ejecución de transferencia emitida por el tribunal que primero se apoderó de la propiedad. Después de que el tribunal de ejecución de reclamaciones de prioridad modifique el precio de los bienes transferidos, los distribuirá de acuerdo con el orden de pago previsto por la ley y notificará al tribunal que se apoderó de ellos en primer lugar. Si los créditos primero embargados aún no hubieran sido confirmados mediante documentos legales eficaces, se reservarán las acciones correspondientes de acuerdo con el orden de pago de los créditos primero embargados.

Base jurídica: Artículo 247 de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Una vez sellado o retenido el bien, el albacea ordenará a la persona sujeta a ejecución que cumpla con las obligaciones especificadas en el documento legal dentro de un período de tiempo determinado. Si la persona sujeta a ejecución no cumple con el plazo, el tribunal popular subastará los bienes sellados o retenidos, si no son aptos para la subasta o las partes acuerdan no subastarlos, el tribunal popular podrá confiar la unidad correspondiente; subastarlo o subastarlo por sí solo. Los artículos cuya compra y venta libre está prohibida por el Estado se entregarán a las unidades correspondientes para su compra a los precios fijados por el Estado.