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El delito de estafa (artículo 266 de la Ley Penal de la República Popular China) se refiere al acto de fabricar hechos u ocultar la verdad con el fin de poseer ilegalmente, y defraudar a una gran cantidad de público. o propiedad privada.
Componentes:
1. Elemento objeto
El objeto de este delito es la propiedad de bienes públicos y privados. Aunque algunas actividades delictivas también utilizan algunos métodos engañosos e incluso persiguen algunos intereses económicos ilegales, no se limitan ni se limitan a la propiedad de propiedad pública y privada.
El objeto del delito de estafa se limita a los bienes del Estado, colectivos o individuales, y no se permiten otros beneficios ilícitos.
2. Elementos objetivos
La manifestación objetiva de este delito es la utilización del fraude para defraudar una gran cantidad de bienes públicos y privados.
En primer lugar, el autor cometió fraude. Formalmente existen dos tipos de fraude, uno es fabricar hechos y el otro es ocultar la verdad. Ambos son esencialmente comportamientos que llevan a la víctima a caer en un entendimiento equivocado. El contenido del fraude es hacer que la víctima tenga una comprensión equivocada y haga la disposición de propiedad que el perpetrador desea en circunstancias específicas.
En segundo lugar, el fraude hace que la otra parte tenga un entendimiento equivocado. El malentendido de la otra parte se debe al comportamiento fraudulento del perpetrador. Incluso si la otra parte comete algunos errores de juicio, ello no impide que se establezca fraude. Entre el fraude y la disposición de bienes de la otra parte, debe haber un malentendido por parte de la otra parte. Si la otra parte dispone de bienes mediante fraude y no se produce ningún malentendido, no constituye delito de fraude.
En tercer lugar, la tipificación del delito de estafa exige que la víctima disponga de bienes tras caer en un entendimiento equivocado.
Finalmente, después de que la víctima dispuso de la propiedad por medios fraudulentos, el perpetrador obtuvo la propiedad, dañando así la propiedad de la víctima.
3. Requisitos del sujeto: El sujeto de este delito es un sujeto general, puede cometer este delito cualquier persona natural que haya alcanzado la edad legal de responsabilidad penal y tenga capacidad para ser penalmente responsable.
4. Elementos subjetivos: Este delito es subjetivamente directo e intencional, con el fin de poseer ilícitamente bienes públicos y privados.