La secuencia de realización de los derechos hipotecarios y derechos de prenda
Subjetividad jurídica:
El orden en que se realizan los derechos hipotecarios en el contrato de garantía hipotecaria secuencial: (1) Si los derechos hipotecarios han sido registrados, el orden de amortización será determinada según el momento de la inscripción; (2) las hipotecas que hayan sido registradas se pagarán antes que las que no hayan sido registradas; (3) las hipotecas que no hayan sido registradas se pagarán en proporción a los derechos del acreedor; La ley es objetiva:
Artículo 414 del Código Civil: Si un mismo bien está hipotecado a más de dos acreedores, el producto del remate o venta del bien hipotecado se liquidará de conformidad con el siguientes disposiciones: (1) Derechos hipotecarios Si la hipoteca ha sido registrada, el orden de pago se determinará según el momento de la inscripción (2) si la hipoteca ha sido registrada, se pagará antes que la hipoteca no registrada; ) si la hipoteca no ha sido inscrita, el reembolso se hará en proporción a la proporción de los derechos del acreedor. Para las demás garantías reales inscribibles, el orden de reembolso se sujetará a lo dispuesto en el párrafo anterior.