¿Qué número de teléfono debo utilizar para presentar una queja ante la Oficina de Educación?
Algunos padres quieren quejarse ante la Oficina de Educación por algunos asuntos, pero no saben cómo hacerlo. De hecho, podemos llamar o informar directamente al gobierno. Si no desea sufrir represalias, primero puede informar a la Oficina de Cartas y Llamadas, porque la Oficina de Cartas y Llamadas puede informar de forma anónima.
Para quejarse de la inacción administrativa de la Oficina de Educación, puede presentar una queja por teléfono o directamente al departamento gubernamental de nivel superior. Si se trata de una queja tipo departamento administrativo, primero puede reportarla. a la Oficina de Cartas y Llamadas del gobierno. En este caso, no habrá represalias porque las denuncias se pueden hacer de forma anónima.
Si un departamento administrativo gubernamental desempeña las funciones de un departamento gubernamental, puede presentar una queja ante la autoridad superior que no desempeña las funciones de un departamento gubernamental. Si se debe a la inacción administrativa del departamento administrativo, primero puede presentar una queja ante la Oficina de Cartas y Llamadas del Gobierno. La inacción administrativa se refiere al estado en el que los sujetos administrativos y su personal tienen las responsabilidades y obligaciones de realizar activamente acciones administrativas pero no cumplen o se retrasan en el cumplimiento de las obligaciones legales.
Se cree que la inacción administrativa se refiere a actuaciones administrativas en las que los sujetos administrativos incumplen obligaciones legales específicas y no tienen una intención clara en cuanto a los procedimientos. La llamada "inacción" en la administración se basa en la calificación de la solicitud por parte de ciudadanos, personas jurídicas u otras organizaciones de que las autoridades apliquen determinadas acciones o cumplan determinadas obligaciones legales de conformidad con la ley.
Los actos ilícitos administrativos en los que los órganos administrativos se niegan a actuar sin motivos justificables también se denominan “omisiones ilícitas” o “actos ilícitos negativos”.
Si el establecimiento de la inacción administrativa debe estar condicionado a la solicitud de la contraparte, es decir, la inacción administrativa sólo se constituirá cuando la contraparte la solicite y el sujeto administrativo incumpla sus obligaciones legales cuando la misma lo solicite; la contraparte administrativa no presenta una solicitud Cuando se solicita, ¿la inacción del sujeto administrativo puede considerarse como inacción administrativa?
Teóricamente, al ser los deberes de los sujetos administrativos estatutarios, deben ejercerse estrictamente conforme a la ley y no deben condicionarse a que la otra parte los aplique sino en la práctica, el desempeño de los deberes de los administrativos; Los sujetos a menudo son inconsistentes, apuntando a la protección de los derechos e intereses de una contraparte específica, existe la posibilidad de que la contraparte lo sepa sin preguntar al sujeto administrativo.