Una amiga me envió dos preguntas legales y me pidió que la ayudara con ellas. No puedo. Por favor sea un amigo que entienda la ley.
1. Respecto a la caracterización de la conducta.
En el proceso de robar la caja fuerte de C, A mató a C porque su crimen quedó expuesto. El propósito del delito de A es obtener propiedad. Según lo dispuesto en el artículo 269 del Código Penal, su conducta asesina fue el uso de la violencia contra la víctima para "resistirse al arresto" durante el robo, por lo que debería ser condenado por robo. Según lo dispuesto en el artículo 263 de la Ley Penal, la conducta de A constituye un delito de robo y causa la muerte. Si el resultado del robo fuera agravado, se aplicará la pena legal aumentada.
El asesinato y robo del Partido A no tiene nada que ver con el Partido B. No hay * * * intencionalidad ni * * colegiaciones entre el Partido A y el Partido B. Según lo dispuesto en el artículo 25 de la "Ley Penal ", el * * * delito no está establecido; el hecho de que A entregue la tarjeta de ahorros y el documento de identidad de C a B no constituye un instigador de robo. Dos días después, A regresa nuevamente a la casa de C, abre la caja fuerte e intenta robar el dinero de C, lo cual es un acto de toma de dinero dentro del delito de robo y no constituye un delito separado de hurto.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 1 de las "Interpretaciones sobre diversas cuestiones relativas a la aplicación específica del derecho en el tratamiento de casos de entrega y méritos" de la Corte Suprema, sólo aquellos que hayan cometido delitos sin haber sido interrogados ni tomado medidas coercitivas y se entregaron voluntariamente y confesaron verazmente sus delitos, puede establecerse la entrega. En este caso, si A se escapa después de que los órganos de seguridad pública le hayan tomado medidas obligatorias, no podrá entregarse aunque confiese la verdad. (Disputado aquí)
En segundo lugar, con respecto al comportamiento de b. La propuesta anterior de b no fue aceptada por A y no se llegó a ningún acuerdo en ese momento. Ninguno de los dos tenía intención de cometer un crimen juntos. El robo de A fue un acto temporal y un delito aparte. El comportamiento de B no puede considerarse un instigador. Si no se ha establecido que B es un instigador, por supuesto las disposiciones del párrafo 2 del artículo 29 del Código Penal no pueden aplicarse al comportamiento de B. Cuando el Partido A cometió el robo, el Partido B ya había abandonado la escena y no había ninguna relación criminal con el Partido A. El Partido B no ayudó intencionalmente y careció de cualquier comportamiento útil, por lo que no era cómplice.
Cuando la Parte A le preguntó a la Parte B cómo abrir la caja fuerte, la Parte A le entregó la tarjeta de ahorros y la tarjeta de identificación de la Parte C a la Parte B para que las guardara, pero no le dijo la verdad a la Parte B. El partido B carece de intención de cometer el delito de enseñar métodos delictivos, encubrir y ocultar el producto del delito. Según lo dispuesto en el artículo 196 de la Ley Penal, la conducta de compra de la Parte B en el centro comercial constituye un acto de uso fraudulento de la tarjeta de crédito de otra persona, lo que constituye el delito de fraude con tarjeta de crédito.
Se refieren principalmente a los artículos 25, 29, 67, 196, 263 y 26 de la Ley Penal. Las disposiciones legales del artículo 19 son el artículo 1 de la "Interpretación del Tribunal Supremo Popular sobre varias cuestiones relativas a la Aplicación de la ley en la tramitación de casos de entrega y méritos" y "La interpretación del Tribunal Popular Supremo sobre varias cuestiones relativas a la aplicación específica de la ley en los juicios de casos de robo".
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Jia: El robo se completó.
Li y Du no son penalmente responsables.
Fu Mou: Homicidio doloso por omisión.