Red de Respuestas Legales - Asesoría legal - ¿Cuál es la pena por propagar intencionalmente el SIDA?

¿Cuál es la pena por propagar intencionalmente el SIDA?

Los estándares de sentencia por propagación intencional del SIDA son:

1 Actualmente, no existe ningún delito de propagación del SIDA en nuestro país. La propagación del SIDA constituye delito de propagación de enfermedades de transmisión sexual y será sancionado con pena privativa de libertad no mayor de cinco años, prisión o vigilancia penal y multa.

2. El delito de propagación de enfermedades de transmisión sexual se refiere a la conducta de saber que se padece sífilis, gonorrea y otras enfermedades de transmisión sexual graves y ejercer la prostitución o prostitución.

¿Cuáles son los elementos constitutivos del delito de propagación de enfermedades de transmisión sexual?

Los elementos constitutivos del delito de propagación de enfermedades de transmisión sexual incluyen:

1. Los principales elementos de este delito son las personas que padecen enfermedades sexuales graves como la sífilis y la gonorrea;

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2. El elemento subjetivo es la actitud psicológica intencional;

3. El elemento objetivo es la salud de los demás y el orden de gestión de la seguridad social; El requisito objetivo es que los pacientes con enfermedades de transmisión sexual graves se dediquen a la prostitución.

En resumen, se sospecha que la propagación maliciosa del VIH propaga enfermedades de transmisión sexual. Quienes constituyan el delito de propagación de enfermedades de transmisión sexual serán sancionados generalmente con pena privativa de libertad no mayor de cinco años, prisión o vigilancia penal, y también multa.

Base jurídica:

Derecho Penal de la República Popular China

Artículo 14

Saber que las propias acciones tendrán consecuencias perjudiciales para sociedad, y esperar o permitir que ocurran tales consecuencias, lo que constituye un delito, es un delito intencional. Quien comete intencionalmente un delito incurrirá en responsabilidad penal.

Artículo 360

El que a sabiendas se dedicare a la prostitución o al fornicario, contrayendo a sabiendas enfermedades venéreas graves, como sífilis o gonorrea, será condenado a pena privativa de libertad no superior a cinco años. detención o vigilancia penal, y también será multado.