Red de Respuestas Legales - Asesoría legal - Cómo determinar la naturaleza de los cambios en el suelo rural

Cómo determinar la naturaleza de los cambios en el suelo rural

Análisis jurídico: 1. La tierra cultivable, incluidos los arrozales y las tierras en pendiente, es tierra donde se pueden cultivar.

2. Las tierras forestales se refieren a terrenos en pendiente donde se plantan árboles u otros cultivos económicos. En general, es una tierra sin agua y depende de la naturaleza para crecer.

3. La tierra familiar se refiere a la tierra planificada y asignada a los aldeanos para construir casas sin ocupar tierras cultivadas o forestales. Se puede ampliar alrededor de la zona residencial original y no requiere otra planificación a menos que se reubique todo el pueblo.

4. Tierra baldía se refiere a tierras que no pueden producir cultivos, no pueden producir cultivos comerciales o carecen de pasto.

Base jurídica: Artículo 8 del "Reglamento sobre Expropiación e Indemnización de Viviendas en Terrenos de Propiedad del Estado" Para salvaguardar la seguridad nacional, promover el desarrollo económico y social nacional y otros intereses públicos, es necesario expropiar casas bajo cualquiera de las siguientes circunstancias: , los gobiernos populares de la ciudad y del condado toman decisiones de expropiación de casas:

(1) Defensa nacional y necesidades diplomáticas;

(2) Energía, transporte, conservación del agua y otras infraestructuras organizadas e implementadas por el gobierno. Las necesidades de construcción;

(3) Las necesidades de servicios públicos como ciencia y tecnología, educación, cultura, salud, deportes, medio ambiente y recursos. protección, prevención y reducción de desastres, protección de reliquias culturales, bienestar social y servicios públicos municipales organizados e implementados por el gobierno;

(4) La necesidad de la construcción de proyectos de viviendas asequibles organizados e implementados por el gobierno ;

(5) La necesidad de la reconstrucción de las ciudades antiguas organizada e implementada por el gobierno de acuerdo con las disposiciones pertinentes de la Ley de Planificación Urbana y Rural

(6) Otros; necesidades de interés público estipuladas en leyes y reglamentos administrativos.