¿Qué significa recibir un aviso de detención?
Cuando los órganos de seguridad pública detengan a una persona, deberán presentar un certificado de detención.
Después de la detención, el detenido será enviado inmediatamente a un centro de detención para su custodia sin demora y no excederá de veinticuatro horas como máximo. A menos que sea imposible notificar o la notificación de presuntos delitos que pongan en peligro la seguridad nacional o actividades terroristas pueda obstaculizar la investigación, los familiares de la persona detenida serán notificados dentro de las 24 horas siguientes a la detención. Los familiares del detenido deberán ser notificados inmediatamente después de que desaparezcan las circunstancias que obstaculizaron la investigación.
Base Legal
Ley de Procedimiento Penal
Artículo 85
Cuando el órgano de seguridad pública detenga a una persona, deberá presentar orden de detención .
Después de ser detenido, el detenido será remitido inmediatamente a un centro de detención para su custodia y no excederá de veinticuatro horas. A menos que sea imposible notificar o la notificación de presuntos delitos que pongan en peligro la seguridad nacional o actividades terroristas pueda obstaculizar la investigación, los familiares de la persona detenida serán notificados dentro de las 24 horas siguientes a la detención. Los familiares del detenido deberán ser notificados inmediatamente después de que desaparezcan las circunstancias que obstaculizaron la investigación.
Artículo 82
Si los delincuentes actuales o los principales sospechosos incurren en alguna de las siguientes circunstancias, los órganos de seguridad pública podrán detenerlos primero:
(1) Preparar cometer un delito, cometer un delito o ser descubierto inmediatamente después de cometer un delito;
(2) La víctima o un testigo en la escena lo identifica como un delincuente;
( 3) Se encuentra a su lado o en su residencia. Evidencia de un delito;
(4) Intento de suicidio, fuga o fuga después de cometer un delito;
(5) Posible destrucción. , fabricar pruebas o confabularse con otros;
(6) No decir el nombre y la dirección reales, y se desconoce la identidad;
(7) Existe una sospecha seria de haber cometido delitos en fuga, cometer delitos varias veces o cometer delitos en grupos.