Red de Respuestas Legales - Asesoría legal - ¿Cuál es la diferencia entre una propuesta y un proyecto de ley?

¿Cuál es la diferencia entre una propuesta y un proyecto de ley?

Análisis jurídico: "Proyecto de ley" se refiere al proyecto de ley original presentado por las instituciones jurídicas y el personal jurídico al Congreso Popular del mismo nivel o al Comité Permanente del Congreso Nacional Popular para su consideración de acuerdo con los procedimientos legales, y requiere discusión y decisión. por el Congreso Nacional del Pueblo. "Propuesta" se refiere a las opiniones y sugerencias escritas presentadas por unidades o individuos de la CCPPCh al pleno o al comité permanente, que serán revisadas y archivadas por el comité de propuestas y entregadas a las unidades correspondientes para su procesamiento. Para los proyectos de ley incluidos en la agenda de la reunión, el proponente, los comités especiales pertinentes de la Asamblea Popular Nacional y los departamentos de trabajo pertinentes del Comité Permanente de la APN proporcionarán la información pertinente.

Base jurídica: “Reglamento de Procedimiento del Congreso Nacional Popular de la República Popular China”.

Artículo 24 Para los proyectos de ley incluidos en la agenda de la reunión, los patrocinadores y los comités especiales pertinentes de la Asamblea Popular Nacional y los departamentos pertinentes del Comité Permanente de la APN deberán proporcionar la información pertinente.

Artículo 23: El Presidium, el Comité Permanente de la APN, los comités especiales de la Asamblea Popular Nacional, el Consejo de Estado, la Comisión Militar Central, la Comisión Nacional de Supervisión, el Tribunal Popular Supremo y el Tribunal Popular Supremo La Fiscalía podrá proponer al Congreso Nacional del Pueblo propuestas dentro del ámbito de competencias del Congreso Nacional del Pueblo que se incluirán en el orden del día de la reunión según lo decida el Presidium. Una delegación o más de 30 diputados conjuntamente pueden proponer al Congreso Nacional del Pueblo un proyecto de ley que entre en el ámbito de competencias del Congreso Nacional del Pueblo. El Presidium decidirá si lo incluye en el orden del día de la reunión o lo presenta primero. El comité especial correspondiente para su revisión y proponer si se incluye o no el orden del día de la reunión y emitirá un informe sobre el manejo de las propuestas aprobadas por el presidium en la reunión. Cuando la comisión especial esté deliberando, el proponente podrá ser invitado a asistir a la reunión y expresar opiniones. Los grupos o delegaciones representativos podrán presentar propuestas antes de una sesión del Congreso Nacional del Pueblo.