El Tribunal de Distrito de Shenzhen Luohu me llamó y me dijo que alguien me estaba demandando y me pidió que recogiera la citación de dirección. Nadie contestó el teléfono en todo el día de hoy.
Si realmente se presenta una demanda, la otra parte debe indicar la dirección del demandado, la información de contacto y otra información relevante en la demanda; de lo contrario, el tribunal no la aceptará.
Al mismo tiempo, los métodos de entrega de documentos legales incluyen la entrega directa, la entrega encomendada, la entrega de correo, la entrega de correo electrónico, la entrega unitaria, la entrega de anuncios, etc., excluyendo las notificaciones telefónicas o SMS.
Ley de Procedimiento Civil
Artículo 121 La demanda deberá especificar las siguientes materias:
(1) Nombre, sexo, edad, nacionalidad, ocupación, unidad de trabajo, residencia e información de contacto, el nombre y residencia de una persona jurídica u otra organización, el nombre, cargo e información de contacto del representante legal o persona principal a cargo;
(2) El nombre del demandado, Información como género, unidad de trabajo, residencia, etc., nombre, residencia, etc. de la persona jurídica u otra organización;
(3) Solicitud y los hechos y motivos en los que se basa; p>
(4) Prueba y su fuente, nombres y residencias de los testigos.
Artículo 84 La notificación de documentos litigiosos deberá tener acuse de recibo, debiendo el destinatario indicar la fecha de recepción, firma o sello en el acuse de recibo.
La fecha de recepción firmada por el destinatario en el recibo de entrega es la fecha de entrega.
Artículo 85 Los documentos del litigio se entregarán directamente al destinatario. Si el destinatario es ciudadano, no se lo entregaré a su familiar adulto para que lo firme si el destinatario es una persona jurídica u otra organización, el representante legal de la persona jurídica o el responsable principal de la otra organización; o la persona jurídica u organización El responsable deberá firmar el recibo si la persona a la que se debe notificar tiene un agente litigante, puede enviarlo a su agente para que lo firme si la persona a la que se debe notificar confía un agente al Tribunal Popular; lo enviará al agente para su firma.
La fecha de entrega es la fecha en la que el familiar adulto, persona jurídica u otra organización del destinatario es responsable de recibir el documento, y el agente litigante o agente firma la recepción.
Artículo 87 Con el consentimiento de la persona a ser notificada, el Tribunal Popular podrá notificar los documentos del litigio por fax, correo electrónico u otro medio que pueda acusar recibo, excepto las sentencias, fallos y documentos de mediación.
Si se entrega por el método mencionado en el párrafo anterior, la fecha en que el fax o correo electrónico llegue al sistema específico del destinatario será la fecha de entrega.
Artículo 88 Si resulta difícil notificar directamente los documentos del litigio, podrá encomendar la notificación a tribunales ajenos en su nombre o por correo. Si se entrega por correo, la fecha de recepción indicada en el acuse de recibo será la fecha de entrega.
Artículo 89: Si el destinatario es un soldado, la transferencia se hará a través del órgano político de su unidad del nivel de regimiento o superior.
Artículo 90: Si la persona a notificar es internada en prisión, será trasladada por el centro penitenciario donde se encuentre.
Si el destinatario se encuentra sujeto a medidas de educación obligatoria, el caso se trasladará a través del centro de educación obligatoria al que pertenezca.
Artículo 91: Recibido el escrito del litigio, el organismo o unidad que lo remita deberá entregarlo inmediatamente al destinatario para su firma. La fecha de la firma del recibo de entrega será la de la entrega.
Artículo 92: Si se desconoce el paradero del destinatario o no puede realizarse la notificación por otros medios previstos en este apartado, la notificación podrá realizarse mediante anuncio público. Se considerará cumplida sesenta días después del anuncio.
Cuando se notifique el aviso, se dejarán constancia en el expediente de los motivos y del proceso.