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Base jurídica: método de pago de las tasas de litigio
Artículo 6 Las tasas de litigio pagadas por las partes al Tribunal Popular incluyen:
(1) Tasa de aceptación del caso;
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(2) Tarifa de solicitud;
(3) Gastos de transporte, gastos de alojamiento, gastos de manutención y trabajo perdido incurridos por testigos, tasadores, traductores y ajustadores cuando comparecen en el tribunal en la fecha designada por la tasa del Tribunal Popular.
Las tarifas de aceptación de casos del artículo 7 incluyen:
(1) Tarifa de aceptación de casos en primera instancia;
(2) Tarifa de aceptación de casos en segunda instancia;
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(3) Honorarios de aceptación de casos que deben pagarse de conformidad con las disposiciones de estas Medidas en casos de nuevo juicio.
Artículo 8 Los siguientes casos no están sujetos a tasas de aceptación de casos:
(1) Casos tramitados de conformidad con los procedimientos especiales estipulados en la Ley de Procedimiento Civil;
>(2) Casos en que se declara no admitida la causa, se desestima la acusación, o se desestima el recurso de apelación;
(3) Casos de apelación contra la sentencia de no aceptación, la acusación es desestimado y se hacen objeciones jurisdiccionales;
(4) Casos de Compensación Administrativa.