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¿Cómo entender la relación jurídica en la educación?

Respuesta: Las relaciones jurídicas educativas son relaciones sociales especiales en forma de derechos y obligaciones entre sujetos basadas en normas jurídicas educativas. Hay tres elementos en las relaciones jurídicas educativas: sujeto, objeto y contenido (derechos y obligaciones).

(1) La materia de las relaciones jurídicas educativas. El sujeto de las relaciones jurídicas educativas se refiere a los participantes en las relaciones jurídicas educativas, también conocido como sujeto de derechos u obligaciones, incluidos los titulares de derechos y los portadores de obligaciones en las relaciones jurídicas educativas. La parte que disfruta de los derechos se llama obligante y la parte que soporta las obligaciones se llama deudor.

Los sujetos de las relaciones jurídicas educativas se caracterizan por la diversidad. No sólo los organismos administrativos educativos, las escuelas y otras instituciones educativas, los educadores, los estudiantes y otras personas educadas (como los niños de jardín de infantes) participarán en las relaciones jurídicas educativas, sino que también pueden participar en las relaciones jurídicas educativas otras personas y organizaciones.

Los sujetos de las relaciones jurídicas educativas en mi país se pueden dividir en tres categorías:

Una son las personas naturales, es decir, sujetos individuales. Los ciudadanos son los sujetos más básicos y absolutamente dominantes entre las personas físicas. Los profesores, los estudiantes, los padres de los estudiantes y otros ciudadanos pueden convertirse en sujetos individuales en las relaciones jurídicas educativas.

El segundo es el sujeto colectivo. Incluye dos tipos: uno son los organismos estatales, incluidos los organismos de poder, los organismos administrativos, los organismos judiciales y los organismos de fiscalía. , actuando en el ámbito de sus competencias, puede convertirse en objeto de relaciones constitucionales, relaciones de derecho administrativo, relaciones de derecho procesal y otras relaciones jurídicas, el otro tipo son las organizaciones sociales, como grupos sociales, empresas e instituciones, etc.

El tercero es el país. El Estado en su conjunto participa en algunas relaciones jurídicas importantes y puede ser objeto de relaciones de propiedad estatal, relaciones de derecho penal y relaciones de derecho internacional.

(2) El objeto de la relación jurídica educativa. El objeto de una relación jurídica, también conocido como objeto de derechos, es el objeto (objeto) al que se dirigen los derechos y obligaciones del sujeto de la relación jurídica. Sin objetos, los derechos y obligaciones pierden su finalidad. Sólo aquellos objetos objetivos (como objetos y comportamientos) que pueden satisfacer los intereses del sujeto y son reconocidos y protegidos por las leyes nacionales pueden convertirse en objetos de relaciones jurídicas y objetos a los que se dirigen los derechos y obligaciones del sujeto.

Los objetos de las relaciones jurídicas educativas incluyen generalmente la riqueza material, la riqueza intangible y el comportamiento.

(3) Contenidos de las relaciones jurídicas educativas. El contenido de las relaciones jurídicas educativas se refiere a los derechos y obligaciones de los sujetos de las relaciones jurídicas educativas. Las relaciones jurídicas educativas también se basan en los derechos y obligaciones de las personas en el derecho educativo. En cada relación jurídica educativa específica, cualquier sujeto disfruta de los derechos correspondientes y asume las obligaciones correspondientes.