¿Es legal volver a trabajar después de la jubilación?
Los empleados jubilados pueden firmar contratos cuando vuelven a ser empleados, pero deben firmar contratos laborales y otros contratos, y no pueden firmar contratos laborales. La relación entre el empleador y los empleados que gozan de prestaciones de seguro dotal o reciben pensiones conforme a la ley se regirá de conformidad con las relaciones laborales.
1. ¿Existe alguna compensación económica por ser despedido después de la jubilación?
No existe ninguna compensación económica por ser despedido tras la jubilación.
¿Pueden los jubilados despedidos por su empleador durante su servicio posterior a la jubilación disfrutar de la misma compensación económica por rescisión de su contrato laboral que los trabajadores comunes? Según el artículo 15 de la "Ley Laboral" de mi país: "Los empleadores tienen prohibido contratar menores de dieciséis años". A juzgar por el contenido de este artículo, la ley de nuestro país sólo estipula el límite inferior de la edad laboral de los trabajadores y no lo hace. no estipular El límite superior de edad laboral para los trabajadores. En la actualidad, el actual sistema de jubilación de mi país estipula que la edad de jubilación de los trabajadores es de 60 años para los hombres, 50 años para las trabajadoras y 55 años para las directivas. Según esta disposición, la edad legal de jubilación debe considerarse como el límite superior de la edad laboral de los trabajadores. La legalidad de la edad laboral significa que la edad laboral de un trabajador está determinada por la ley y no se ve afectada por la capacidad laboral real del trabajador. Por lo tanto, la expiración del período legal de edad laboral del trabajador es también el fin de la edad laboral del trabajador. Sin embargo, las leyes de nuestro país no prohíben que los jubilados vuelvan a contratar, por lo que volver a contratar a los jubilados no viola la ley. Sin embargo, la Oficina General del Ministerio de Trabajo (Laobanfa [1997] núm. 88) estipula claramente que la terminación del contrato de trabajo de los jubilados no puede basarse en las disposiciones del artículo 28 de la Ley del Trabajo, es decir, ninguna compensación financiera. será pagado. Por lo tanto, cuando un empleador termina la relación laboral con una persona que se ha jubilado más allá de la edad laboral, no pagará la compensación económica prevista en la Ley del Trabajo.
En segundo lugar, ¿todavía tengo que pagar el seguro médico después de la jubilación?
La necesidad de pagar un seguro médico después de la jubilación depende de si ha pagado la cantidad de años prescrita. Me gustaría recordarles que las personas que participan en el seguro médico básico para empleados que hayan alcanzado la edad legal de jubilación y cuyas cotizaciones acumuladas hayan alcanzado los años prescritos a nivel nacional no pagarán primas del seguro médico básico después de la jubilación y disfrutarán de las prestaciones del seguro médico básico en de conformidad con la normativa nacional; aquellos que no hayan cumplido los años prescritos a nivel nacional, podrán pagar hasta el número de años especificado por el estado.
3. ¿Los empleados jubilados y recontratados tienen vacaciones anuales?
Legalmente, los empleados jubilados y recontratados no tienen vacaciones anuales.
Artículo 2 del "Reglamento sobre vacaciones anuales retribuidas para los empleados" Empleados de agencias, grupos, empresas, instituciones, unidades privadas no empresariales, hogares industriales y comerciales individuales con empleados, etc. que hayan trabajado de forma continua durante más de un año, Disfrutar de vacaciones anuales retribuidas (en adelante, vacaciones anuales). La unidad debería garantizar que los empleados disfruten de vacaciones anuales. Durante las vacaciones anuales, los empleados disfrutan del mismo salario que durante el horario laboral normal.
Estrictamente hablando, los jubilados ya no son trabajadores. Los jubilados disfrutan de pensiones básicas de acuerdo con la ley y no disfrutarán de vacaciones anuales remuneradas después de su reempleo.
Espero que el contenido anterior pueda ayudarte. En caso de duda, consulte a un abogado profesional.
Base jurídica:
Artículo 4 de las "Medidas provisionales del Consejo de Estado para la colocación de cuadros de personas mayores, débiles, enfermas y discapacitadas" Cuadros de agencias gubernamentales y del partido, organizaciones de masas , empresas e instituciones deberán cumplir las siguientes condiciones Sí, puedes jubilarte.
(1) Los hombres deben tener más de 60 años, las mujeres deben tener más de 55 años y haber participado en el trabajo revolucionario durante más de diez años.
(2) Los hombres deben; tener más de 50 años, las mujeres deben tener más de 45 años, haber participado en el trabajo revolucionario durante diez años y haber sido diagnosticada como completamente incapaz de trabajar por el hospital;
(3) que haya sido discapacitada de servicio y el hospital le ha diagnosticado que ha perdido completamente su capacidad para trabajar.