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¿Es ejecutable la mediación de litigios?

La carta de mediación del tribunal es legalmente vinculante.

Si la carta de mediación emitida por el tribunal cumple con las disposiciones legales, tendrá efectos legales después de su entrada en vigor. Si una de las partes no cumple, la otra parte puede solicitar la ejecución forzosa. Los documentos y sentencias de mediación judicial tienen el mismo efecto jurídico. Si la otra parte no cumple con sus obligaciones, podrá solicitar al tribunal su ejecución. Los documentos de mediación elaborados por los comités de mediación de base, las oficinas judiciales y otras organizaciones y departamentos tienen el efecto de prueba una vez firmados por ambas partes. Si una de las partes se niega a actuar, la eficacia de la mediación debe confirmarse mediante un litigio antes de que se pueda iniciar el procedimiento de ejecución. El comité de mediación no tiene poder obligatorio para resolver disputas y los acuerdos alcanzados mediante la mediación no tienen protección legal.

El procedimiento del litigio es el siguiente:

1. Presentar una demanda ante un tribunal competente.

2. El tribunal revisa y considera que se cumplen las condiciones; se cumpla la aceptación del caso;

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3. Notificar la demanda al demandado, quien responderá dentro del plazo señalado;

4.

5. Investigación judicial;

6. Debate judicial;

7.

En resumen, el acuerdo de mediación puede no ser exigible. Para que el acuerdo de mediación sea ejecutado, es necesario completar un proceso de confirmación judicial.

Base jurídica:

Artículo 97 de la "Ley de Procedimiento Civil de la República Popular China"

Si se llega a un acuerdo mediante mediación, el Tribunal Popular preparará una carta de mediación. La carta de mediación deberá indicar los reclamos del litigio, los hechos del caso y los resultados de la mediación. El documento de mediación será firmado por los jueces y el secretario, sellado con el sello del Tribunal Popular y notificado a ambas partes. La carta de mediación adquiere fuerza legal después de ser firmada por ambas partes.

Artículo 234

Lo dispuesto en esta parte se aplicará a la ejecución del escrito de mediación elaborado por el Tribunal Popular.