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¿Es ilegal alterar la historia y promocionarla en línea?

Es ilegal alterar la historia y promocionarla en línea. Las circunstancias concretas son las siguientes:

1. La manipulación de la historia constituye un delito;

2. Distorsionar los hechos sociales, diciendo que lo correcto es incorrecto y lo rojo es negro.

3. La distorsión de los hechos podrá ser sancionada según la gravedad del caso.

Las circunstancias específicas del delito de poner en peligro la seguridad nacional son las siguientes:

1. El delito de poner en peligro la seguridad nacional se refiere a poner en peligro la soberanía nacional, la integridad territorial y la seguridad, dividiendo al país. , subvertir la dictadura democrática del pueblo y derrocar a la sociedad el comportamiento del sistema comunista;

2. El delito de poner en peligro la seguridad nacional es un cargo general, que resume las mismas características de varios delitos que ponen en peligro la seguridad nacional. ;

3. Castigar severamente el asesinato y el robo, las explosiones, las organizaciones criminales y otros delitos que pongan en peligro la seguridad nacional, así como delitos como la fabricación y difusión de información terrorista falsa, la vulneración de los derechos e intereses legítimos de los menores, para mejorar aún más la sensación de seguridad del pueblo;

4. El Estado de la República Popular China La seguridad se refiere a la suma de la soberanía, la independencia, la unidad, la integridad territorial y la seguridad de China, y la estabilidad del país. la dictadura democrática popular y el sistema socialista, y la seguridad de los intereses fundamentales de otros países.

Artículo 102 de la "Ley Penal de la República Popular China"* * *Quien se confabule con países extranjeros y ponga en peligro la soberanía, la integridad territorial y la seguridad de la República Popular China será condenado a cadena perpetua o pena de prisión de duración determinada no inferior a diez años.

Quien se confabula con instituciones, organizaciones o personas del exterior para cometer el delito del párrafo anterior, será sancionado conforme a lo dispuesto en el párrafo anterior. Artículo 103. Quien organice, planifique o realice crímenes de secesión o menoscabo de la unidad del país, será condenado a cadena perpetua o prisión no menor de diez años para los cabecillas o cuyos delitos sean graves; participar activamente será condenado a pena de prisión de no menos de tres años pero no más de diez años; los demás participantes serán condenados a pena de prisión de no más de tres años, detención penal, vigilancia pública o privación de libertad; derechos políticos.

Quien incite al separatismo y destruya la unidad nacional mediante la incitación al separatismo será sancionado con pena privativa de libertad no superior a cinco años, prisión preventiva, vigilancia pública o privación de derechos políticos de los cabecillas o de aquellos; cuyos delitos sean graves, serán sancionados con pena privativa de libertad no menor de cinco años.