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Comparación del régimen jurídico del derecho administrativo y el derecho civil.

Los sujetos administrativos se refieren a organizaciones administrativas que han obtenido facultades administrativas de conformidad con la ley, pueden realizar de forma independiente actividades administrativas en su propio nombre, realizar acciones administrativas que afecten los derechos y obligaciones de las contrapartes y soportar las consecuencias legales resultantes.

Los sujetos jurídicos administrativos tienen las siguientes características:

(1) Los sujetos administrativos son organizaciones que tienen poder administrativo y realizan actividades administrativas. No todas las organizaciones pueden convertirse en sujetos administrativos. Sólo las organizaciones que ejercen el poder administrativo estatal pueden convertirse en sujetos administrativos. Los órganos administrativos del Estado tienen facultades administrativas previstas en la Constitución y la Ley Orgánica y pueden convertirse en sujetos administrativos; las empresas, instituciones y grupos sociales no cuentan con autorización especial de leyes y reglamentos y no pueden ejercer la potestad administrativa estatal ni realizar actos administrativos, por lo que no lo hacen. tener las calificaciones como sujetos administrativos.

(2) El sujeto administrativo debe ser una organización que pueda realizar de forma independiente actividades administrativas en nombre propio. El criterio para juzgar si una agencia administrativa es un sujeto administrativo es si una agencia administrativa puede gestionar en su propio nombre. Por ejemplo, si bien una organización encomendada también puede ejercer facultades administrativas estatales y ejecutar determinadas acciones administrativas dentro del ámbito de la encomienda, no lo hace en nombre propio, sino en nombre del organismo administrativo que le encomendó. organización no pertenece al órgano administrativo principal.

(3) El sujeto administrativo debe ser una organización que pueda soportar las consecuencias jurídicas de las actividades administrativas. Si una organización es un sujeto administrativo en una actividad es un criterio importante. Si sólo realiza actividades administrativas sin asumir las responsabilidades resultantes, entonces la organización no es un sujeto administrativo. Si una organización social acepta el encargo de un organismo administrativo para realizar actividades oficiales pero no asume las responsabilidades resultantes, la responsabilidad recaerá en el organismo administrativo encargado. La organización social encomendada no es un sujeto administrativo, pero el sujeto sólo puede hacerlo. ser el organismo administrativo encomendado. Por poner otro ejemplo, los poderes administrativos de una agencia administrativa son ejercidos por funcionarios públicos, pero las responsabilidades y acciones de los funcionarios públicos no son su propia responsabilidad. Los funcionarios públicos no pueden responder como demandados en un litigio administrativo. Serán responsables los órganos administrativos donde los servidores públicos desempeñen sus funciones. En el litigio administrativo, los órganos donde presten servicios responderán como parte demandada. Por tanto, los funcionarios públicos no son sujetos administrativos.

(4) Las entidades administrativas son generalmente designadas por agencias y organizaciones administrativas autorizadas por leyes y reglamentos. Los asuntos administrativos son atendidos principalmente por agencias administrativas, pero no se limitan a agencias administrativas. Las leyes y reglamentos autorizan a las organizaciones sociales no administrativas a ejercer facultades administrativas y realizar actos administrativos, y la organización obtiene la condición de sujeto administrativo.