Red de Respuestas Legales - Conocimientos legales - Ámbito de negocio de importación y exportación de bienes

Ámbito de negocio de importación y exportación de bienes

Análisis legal: El alcance comercial original de nuestra unidad: no se permite ningún negocio si lo prohíben las leyes, los reglamentos administrativos y el Consejo de Estado, si las leyes, los reglamentos administrativos y las decisiones del Consejo de Estado requieren permiso, solo puede operar después de la aprobación de; la autoridad de examen y aprobación y el registro en el departamento de administración industrial y comercial. Si las leyes, los reglamentos administrativos y las decisiones del Consejo de Estado no prevén el permiso, la empresa seleccionará de forma independiente los proyectos comerciales para llevar a cabo actividades comerciales;

Base jurídica: “Reglamento de la República Popular China sobre la Administración de Importación y Exportación de Bienes”

Artículo 8 Bienes que se encuentren bajo alguna de las circunstancias especificadas en el artículo 17 del La Ley de Comercio Exterior tiene prohibida su importación. Si la importación estuviera prohibida por otras leyes o reglamentos administrativos, se aplicarán las disposiciones de las mismas. El catálogo de mercancías cuya importación está prohibida será formulado, ajustado y anunciado por el departamento económico y de comercio exterior del Consejo de Estado en colaboración con los departamentos pertinentes del Consejo de Estado.

No se importarán las mercancías cuya importación esté prohibida en el artículo 9.

Artículo 33 Queda prohibida la exportación de mercancías que se encuentren en cualquiera de las circunstancias señaladas en el artículo 17 de la Ley de Comercio Exterior. Si la exportación estuviera prohibida por otras leyes o reglamentos administrativos, se aplicarán las disposiciones de las mismas. El catálogo de mercancías cuya exportación está prohibida será formulado, ajustado y anunciado por el departamento económico y de comercio exterior del Consejo de Estado en colaboración con los departamentos pertinentes del Consejo de Estado.

Artículo 34 No se exportarán las mercancías cuya exportación esté prohibida.