¿Puede un defensor o un profesional jurídico de tiempo completo, como un abogado, también actuar como testigo del acusado?
La Ley de Procedimiento Penal establece que no podrán ser defensores
las siguientes personas: en primer lugar, las personas sin capacidad o con capacidad limitada, en segundo lugar, las personas que tengan interés en el resultado de la misma; el caso; tercero son funcionarios actuales de juzgados, fiscalías, organismos de seguridad pública, organismos de seguridad nacional y prisiones; cuarto, son los jurados de este tribunal; quinto, son extranjeros, son personas cuyas sentencias están suspendidas; las penas aún no han sido cumplidas; séptimo, se le priva y condena conforme a la ley.
Personalmente creo que los abogados no deberían ser testigos. Después de todo, cualquiera puede ser un defensor. Si usted es a la vez defensor y testigo, la eficacia del testimonio del testigo se verá comprometida.