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La base legal para que la parte perdedora asuma los honorarios legales.

Análisis jurídico: los costos del litigio corren a cargo de la parte perdedora. De acuerdo con las disposiciones pertinentes de las "Medidas para el pago de honorarios del litigio", los costos del litigio corren a cargo de la parte perdedora, a menos que la parte ganadora los soporte voluntariamente. Los costos del litigio se refieren a los honorarios que las partes deben pagar al tribunal popular de conformidad con la ley al realizar actividades de litigio. Por lo tanto, las leyes pertinentes generalmente exigen que la parte perdedora asuma los costos del litigio. Si el caso se gana o se pierde parcialmente, el tribunal determinará el monto de los costos del litigio a cargo de las partes en función de las circunstancias específicas del caso. Si * * * pierde la demanda con el litigante, el tribunal popular también determinará el monto de los gastos del litigio en función de la relación de intereses entre el litigante y el objeto de la demanda. Las costas del litigio correrán a cargo de la parte perdedora, a menos que la parte vencedora las soporte voluntariamente. Si el caso se gana o se pierde parcialmente, el tribunal popular determinará el monto de los costos del litigio a cargo de las partes en función de las circunstancias específicas del caso. * * *Si las partes pierden la demanda, el tribunal popular determinará el monto de los gastos del litigio que cada parte deberá soportar en función de la relación de intereses entre las partes y el objeto de la demanda.

Base legal: Artículo 29 de las “Medidas para el Pago de los Honorarios del Litigio” Los honorarios del litigio serán a cargo de la parte perdedora, excepto cuando la parte vencedora los soporte voluntariamente. Si el caso se gana o se pierde parcialmente, el tribunal popular determinará el monto de los costos del litigio a cargo de las partes en función de las circunstancias específicas del caso. * * *Si las partes pierden la demanda, el tribunal popular determinará el monto de los gastos del litigio que cada parte deberá soportar en función de la relación de intereses entre las partes y el objeto de la demanda.