¿Quién puede decirme cuál es el contenido del artículo 33 de la Ley de Marcas?
Artículo 33 Si se presenta objeción contra una marca que ha sido inicialmente aprobada y anunciada, la Oficina de Marcas escuchará los hechos y motivos expuestos por el oponente y la parte objetada, y se pronunciará después de la investigación. y verificación. Si la parte interesada no está satisfecha, podrá solicitar una revisión a la Junta de Revisión y Adjudicación de Marcas dentro de los quince días siguientes a la fecha de recepción de la notificación. La Junta de Revisión y Adjudicación de Marcas dictará sentencia y notificará al oponente y a la parte opuesta. escribiendo.
Si la parte interesada no está satisfecha con el fallo de la Junta de Adjudicación y Revisión de Marcas, podrá presentar una demanda ante el Tribunal Popular dentro de los treinta días siguientes a la fecha de recepción de la notificación. El tribunal popular notificará a la otra parte en el procedimiento de revisión de marcas para que participe en el litigio como tercero.