Por favor pida a profesionales que me ayuden a resolver mis problemas maritales (de convivencia) actuales
1. Habéis convivido durante 11 años y no existe ningún "matrimonio de hecho". Desde 1994, nuestro país ha abolido este concepto.
2. Durante el período de convivencia, los bienes se dividirán en principio entre una persona y la mitad, a menos que una de las partes pueda probar que los bienes son propiedad de una sola persona.
3. Si hay hijos, si los hijos son pequeños, deben ser criados por la madre y pagados por el hombre. Por supuesto, puede negociar la manutención de los hijos. Si la negociación fracasa, puede apelar ante el tribunal y el tribunal tomará una decisión.
Primero
Si una de las partes presenta una demanda por división de bienes o disputas de manutención de los hijos durante la convivencia, el Tribunal Popular aceptará la demanda.
Artículo 5
(1) Antes de la promulgación e implementación del "Reglamento de Gestión del Registro de Matrimonios" del Ministerio de Asuntos Civiles el 1 de febrero de 1994, si tanto hombres como mujeres cumplen los requisitos para el matrimonio, serán tratados como un matrimonio de facto;
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(2) Después de la promulgación e implementación del "Reglamento de Gestión del Registro de Matrimonios" del Ministerio de Asuntos Civiles en de febrero de 1994, si tanto hombres como mujeres cumplen las condiciones sustantivas para contraer matrimonio, el Tribunal Popular les informará que vuelvan a registrar su matrimonio antes de aceptar el caso si el registro del matrimonio no se ha completado, considerado como el fin de la relación de convivencia;
En cuanto al registro del hogar: primero debes volver a tu ciudad natal y consultar con la comisaría de policía local.
Primero debes obtener un permiso de residencia expedido por la comisaría de policía local de tu madre;
Mientras puedas moverte, todo lo demás será fácil.