¿La donación es un acto jurídico civil unilateral? ¿Es un acto jurídico gratuito?
"Donación" es un acto en el que el donante cede gratuitamente su bien al donatario, y éste expresa su aceptación. La esencia de esta ley es la transferencia de propiedad. Por lo general, la donación debe realizarse mediante procedimientos legales, es decir, firmando un contrato de donación (contrato oral, etc.).
Un contrato de donación sólo puede establecerse cuando ambas partes coinciden en sus intenciones. Si el donante expresa la donación pero el donatario no la acepta, no puede establecerse el contrato, por lo que se diferencia del acto unilateral de donación.
El acto de donación es un acto gratuito en principio, el donatario no asume obligaciones con motivo del contrato de donación, por lo que se trata de un contrato unilateral.
En primer lugar, el contrato de donación fue revocado arbitrariamente. La revocación arbitraria del contrato de donación significa que el donante puede revocar arbitrariamente el contrato de donación según su propia voluntad antes de que se transfiera el derecho sobre la propiedad donada. Sin embargo, en los contratos de donación y los contratos de donación notariados que tienen obligaciones morales y de bienestar social, como ayuda en casos de desastre y alivio de la pobreza, el donante no puede rescindir el contrato de donación a voluntad.
En segundo lugar, la revocación legal del contrato de donación. En un contrato de donación, una vez transferido el derecho a donar un inmueble, el donante pierde el derecho a revocar el contrato de donación a voluntad.