¿Cuáles son las violaciones de las leyes y reglamentos de protección laboral?
Ley de Contrato de Trabajo: Artículo 42 Si concurre alguna de las siguientes circunstancias, el empleador no podrá rescindir el contrato de trabajo de conformidad con lo dispuesto en los artículos 40 y 41 de esta Ley: (4) Empleadas durante el embarazo, parto y lactancia; Artículo 45 Cuando expire el contrato de trabajo y concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 42 de esta Ley, el contrato de trabajo se prorrogará hasta que desaparezcan las circunstancias correspondientes. Sin embargo, la terminación del contrato de trabajo de un empleado que haya perdido total o parcialmente la capacidad para trabajar según lo estipulado en el párrafo 2 del artículo 42 de esta Ley se regirá por las normas estatales sobre seguros de accidentes de trabajo. Reglamento especial sobre protección laboral de las empleadas: Artículo 1 Este reglamento se formula con el fin de reducir y solucionar las dificultades especiales que ocasionan las empleadas por sus características fisiológicas y proteger su salud. Artículo 2 Estos reglamentos se aplican a agencias estatales, empresas, instituciones, grupos sociales, organizaciones económicas individuales y otras organizaciones sociales y otros empleadores y sus empleadas dentro del territorio de la República Popular China. Artículo 3 Los empleadores fortalecerán la protección laboral de las empleadas, tomarán medidas para mejorar las condiciones de seguridad y salud laboral de las empleadas y brindarán capacitación en materia de seguridad y salud laboral a las empleadas. Artículo 4 Los empleadores deberán cumplir las normas sobre el alcance del trabajo que las empleadas tienen prohibido realizar. El empleador deberá informar a las empleadas por escrito sobre los puestos en la unidad que están dentro del alcance del trabajo que las empleadas tienen prohibido desempeñar. El ámbito de trabajo que las empleadas tienen prohibido realizar se enumera en el anexo de este reglamento. El departamento de administración y supervisión de la seguridad de la producción del Consejo de Estado, junto con el departamento administrativo de recursos humanos y seguridad social del Consejo de Estado y el departamento administrativo de salud del Consejo de Estado, ajustarán el alcance del trabajo que las empleadas no pueden realizar. en base al desarrollo económico y social. Artículo 5 Los empleadores no reducirán los salarios, despedirán ni rescindirán los contratos laborales o de empleo de las empleadas por motivo de embarazo, parto o lactancia. Artículo 6 Si una empleada no puede adaptarse a su trabajo original durante el embarazo, el empleador, basándose en el certificado de la institución médica, reducirá su carga de trabajo u organizará otro trabajo adaptado. Para las empleadas que estén embarazadas de más de siete meses, el empleador no ampliará la jornada laboral ni organizará turnos nocturnos, y deberá disponer de un determinado período de descanso durante la jornada laboral. Si una empleada embarazada se somete a control prenatal durante el horario de trabajo, el tiempo requerido se incluirá en el horario de trabajo. Artículo 7 Las empleadas disfrutan de 98 días de licencia de maternidad, de los cuales 15 días pueden disfrutarse antes del parto; en caso de parto difícil, se conceden 15 días de licencia de maternidad adicionales en caso de nacimientos múltiples; la licencia de maternidad puede aumentarse; por 15 días por cada bebé adicional. Las empleadas que sufren un aborto espontáneo antes de los cuatro meses de embarazo tienen derecho a 15 días de licencia de maternidad; las mujeres que sufren un aborto espontáneo después de cuatro meses de embarazo tienen derecho a 42 días de licencia de maternidad. Artículo 8 El subsidio de maternidad para las empleadas durante su licencia de maternidad será pagado por el fondo del seguro de maternidad de acuerdo con el salario mensual promedio de los empleados del año anterior, si no han participado en el seguro de maternidad, el empleador pagará el subsidio de maternidad de acuerdo con ello; al salario de la empleada antes del permiso de maternidad. Los gastos médicos de las empleadas que den a luz o aborten serán pagados por la caja del seguro de maternidad de conformidad con los elementos y normas estipulados en el seguro de maternidad. Si no participa en el seguro de maternidad, el empleador lo pagará. Artículo 9 Los empleadores no ampliarán la jornada laboral ni organizarán turnos nocturnos para las empleadas que estén amamantando a bebés menores de un año. El empleador deberá disponer una hora de lactancia para las empleadas lactantes durante las horas de trabajo diarias; si una empleada da a luz a varios bebés, el tiempo de lactancia se incrementará en una hora por día por cada bebé adicional. Artículo 10 Los empleadores con un gran número de empleadas deberán establecer salas de salud para empleadas, baños para mujeres embarazadas, salas de lactancia y otras instalaciones en función de las necesidades de las empleadas. Resolver adecuadamente las dificultades de las empleadas en materia de higiene física y lactancia. Artículo 11 En el lugar de trabajo, los empleadores deberán prevenir y poner fin al acoso sexual de las empleadas. Artículo 12 Los departamentos administrativos de recursos humanos y seguridad social y los departamentos de gestión y supervisión de la seguridad en el trabajo de los gobiernos populares a nivel de condado o superior serán responsables, de acuerdo con sus respectivas responsabilidades, de supervisar e inspeccionar el cumplimiento de estas regulaciones por parte del empleador. Los sindicatos y las organizaciones de mujeres supervisarán el cumplimiento de estas normas por parte de los empleadores de conformidad con la ley. Artículo 13 Si un empleador viola las disposiciones del párrafo 2 del artículo 6, el párrafo 1 del artículo 7 y el párrafo 1 del artículo 9 de estas Disposiciones, el departamento administrativo de recursos humanos y seguridad social del gobierno popular a nivel de condado o superior ordenará a realizar correcciones dentro de un plazo determinado. Cada empleada será multada con una multa no inferior a 1.000 RMB ni superior a 5.000 RMB.
Si un empleador viola las disposiciones de los artículos 1 y 2 del Apéndice de este Reglamento, el departamento de administración y supervisión de la seguridad en el trabajo del gobierno popular a nivel de condado o superior le ordenará que haga correcciones dentro de un plazo e impondrá una multa de De 1.000 a 5.000 RMB por cada empleada que haya sido violada. Si un empleador viola las disposiciones de los artículos 3 y 4 del Apéndice de este Reglamento, el departamento de administración y supervisión de la seguridad en el trabajo del gobierno popular a nivel de condado o superior ordenará la rectificación dentro de un plazo e impondrá una multa de no menos de 50.000 RMB pero no más de 300.000 RMB, si las circunstancias son graves, se le ordenará que cese las actividades comerciales pertinentes o solicitará al gobierno popular pertinente que las cierre de conformidad con la autoridad especificada por el Consejo de Estado. Artículo 14 Si un empleador viola estas regulaciones e infringe los derechos e intereses legítimos de las empleadas, las empleadas pueden quejarse, denunciar o apelar de conformidad con la ley y solicitar mediación y arbitraje en la mediación y arbitraje de conflictos laborales y personales. institución de conformidad con la ley. Si no están satisfechos con el laudo arbitral, pueden presentar una demanda ante el Tribunal Popular de conformidad con la ley. Artículo 15 Si un empleador viola estas regulaciones e infringe los derechos e intereses legítimos de las empleadas, causando daños a las empleadas, la compensación se hará de conformidad con la ley si el empleador y su responsable directo y otros directamente responsables; personas constituyan delito, serán penalmente responsables de conformidad con la ley. Artículo 16 El presente reglamento entrará en vigor en la fecha de su promulgación. El 21 de julio, el Consejo de Estado emitió el "Reglamento sobre protección laboral de las empleadas" y al mismo tiempo lo abolió. Apéndice: Alcance del trabajo que las empleadas tienen prohibido realizar [2-3] 1. El alcance del trabajo que las trabajadoras tienen prohibido realizar: (1) Operaciones mineras subterráneas; (2) Intensidad de trabajo físico de nivel 4 especificada en los estándares de clasificación de intensidad de trabajo físico (3) Soportar pesos más de 6 veces por hora; más de 20 kilogramos de trabajo por vez, o carga de peso intermitente, más de 25 kilogramos cada vez. 2. El alcance del trabajo que las empleadas tienen prohibido realizar durante la menstruación: (1) Operaciones con agua fría de niveles 2, 3 y 4 estipuladas en los "Estándares de clasificación de trabajos con agua fría" (2) Niveles 2, 3 y; 4 operaciones a baja temperatura estipuladas en los "Estándares de clasificación de trabajo en agua fría" (3) Los niveles tercero y cuarto de intensidad de trabajo físico especificados en los estándares de clasificación para intensidad de trabajo físico (4) Los niveles tercero y cuarto de gran altitud; operaciones especificadas en las normas de clasificación para operaciones a gran altitud. 3. Alcance del trabajo que las empleadas tienen prohibido realizar durante el embarazo: (1) Plomo y sus compuestos, mercurio y sus compuestos, benceno, cadmio, berilio, arsénico, cianuro, óxidos de nitrógeno, monóxido de carbono, disulfuro de carbono, cloro, y caprolactama en el aire en el lugar de trabajo, cloropreno, cloruro de vinilo, óxido de etileno, anilina, formaldehído y otras sustancias tóxicas cuya concentración excede las normas nacionales de salud ocupacional (2) dedicadas a la producción de medicamentos contra el cáncer, dietilestilbestrol, contacto con; gases anestésicos, etc.; (3) Operación de materiales radiactivos de fuente sellada, respuesta de emergencia a accidentes nucleares y accidentes de radiación (4) Operaciones a gran altitud especificadas en las normas de clasificación para operaciones a gran altitud; operaciones especificadas en las normas de clasificación para operaciones de agua fría (6) Clasificación de operaciones de baja temperatura especificadas en las normas (7) Operaciones de nivel 3 y 4 especificadas en las normas de clasificación para operaciones de alta temperatura; 8) Operaciones de Nivel 3 y 4 especificadas en las normas de clasificación para operaciones de ruido; (9) Operaciones de Nivel 3 y 4 especificadas en las normas de clasificación para intensidad de trabajo físico. Niveles 3 y 4 de intensidad de trabajo físico (10) Operaciones en espacios confinados, cámaras de alta presión u operaciones de buceo, operaciones con fuertes vibraciones u operaciones que requieran agacharse, trepar o ponerse en cuclillas con frecuencia. 4. El alcance del trabajo que las empleadas tienen prohibido realizar durante la lactancia: (1) Artículos 1, 3 y 9 del alcance del trabajo que están prohibidos durante el embarazo (2) Manganeso, flúor, bromo, metanol, organofosforados; compuestos y compuestos orgánicos en el aire en el lugar de trabajo La concentración de sustancias tóxicas como los compuestos de cloro excede los estándares nacionales de salud ocupacional.
Base legal:
El Capítulo 7 de la "Ley Laboral de la República Popular China" estipula que el estado implementa una protección laboral especial para las empleadas. Los contenidos principales son: (1. ) Está prohibido hacer arreglos para que las empleadas participen en minas subterráneas, trabajos con intensidad de trabajo físico de nivel 4 estipulado por el estado y otros trabajos prohibidos. (2) No se deberá organizar que las empleadas realicen operaciones a gran altitud, baja temperatura, agua fría o trabajos con intensidad de trabajo físico de tercer nivel especificado por el estado durante la menstruación. (3) No se obligará a las empleadas a realizar trabajos físicos de tercer nivel de intensidad prescritos por el Estado durante el embarazo ni trabajos que sean tabú durante el embarazo. A las empleadas que estén embarazadas de más de siete meses no se les pedirá que extiendan su jornada laboral ni sus turnos de noche. (4) Las empleadas disfrutarán de al menos 90 días de licencia de maternidad. (5) No se deberá organizar que las empleadas realicen otros trabajos con intensidad de trabajo físico de tercer nivel estipulado por el estado y tabúes durante la lactancia, y no se les deberá organizar para extender las horas de trabajo o los turnos de noche. (6) Durante el embarazo, el parto y la lactancia, el empleador no podrá rescindir el contrato de trabajo.
(7) Las empleadas disfrutan del seguro de maternidad de conformidad con la ley.