¿Tiene la industria de servicios de nuestra empresa regulaciones que limiten las horas de trabajo a más de unas pocas horas? ¿Qué se dice al respecto? Está en el cheque de pago.
Artículo 38 El empleador deberá garantizar que los trabajadores tengan al menos un día libre a la semana.
Artículo 41: Por necesidades de producción y operación, el empleador podrá ampliar la jornada laboral previa consulta con el sindicato y los trabajadores. Generalmente la jornada laboral no excederá de una hora diaria si la jornada laboral lo requiere; ampliarse por motivos especiales. Bajo la premisa de garantizar la salud de los trabajadores, la jornada laboral ampliada no excederá de tres horas por día y no excederá de 36 horas por mes.
Artículo 44 Bajo cualquiera de las siguientes circunstancias, el empleador deberá pagar a los trabajadores salarios superiores a sus horas normales de trabajo de acuerdo con las siguientes normas: (1) Si los trabajadores están dispuestos a extender sus horas de trabajo, el pago deberá no será inferior a Una remuneración salarial del 150% del salario (2) Si el trabajador tiene previsto trabajar en un día de descanso y no se puede disponer de licencia compensatoria, se deberá pagar una remuneración salarial no inferior al 200% del salario; pagados (3) Días festivos legales Si se organiza a los trabajadores para que trabajen diariamente, se les pagará no menos del 300% de su salario.