La versión 2021 del Código Mundial Antidopaje añade nuevas categorías de infracciones de dopaje
Base legal: Artículo 2 del Código Mundial Antidopaje, los deportistas u otras partes impiden o toman represalias para denunciar a las autoridades. 1. Cualquier comportamiento que amenace o intente intimidar a otra persona tiene como objetivo impedir que informe a la AMA, a las organizaciones antidopaje, a los organismos encargados de hacer cumplir la ley, a los organismos reguladores o a los órganos disciplinarios profesionales, a los órganos de audiencias o que actúe en nombre de la AMA o de la organización antidopaje. Organizaciones La información relacionada con una supuesta infracción de dopaje o una sospecha de incumplimiento es comunicada de buena fe por la persona que realiza la investigación. 2. A personas que realicen investigaciones para la AMA, organizaciones antidopaje, agencias de aplicación de la ley, organismos reguladores u organismos disciplinarios profesionales, órganos de audiencia o para la AMA u organizaciones antidopaje y que proporcionen información de buena fe relacionada con presuntas infracciones de dopaje o supuestas faltas de dopaje. -cumplimiento.pruebas o información para tomar represalias.