La línea directa de servicio nacional 12385 para personas con discapacidad es una línea directa de servicio público unificada aprobada por el Ministerio de Industria y Tecnología de la Información para brindar consultas sobre políticas, opiniones y sugerencias, asistencia vital y otros servicios a personas con discapacidad. La Federación de Personas con Discapacidad de China y varias federaciones de personas con discapacidad provinciales y municipales han construido centros de llamadas (asientos) en diferentes niveles para ofrecer un "servicio de número único" para las personas con discapacidad. La línea directa de servicio contiene leyes y reglamentos nacionales, interpretaciones judiciales y políticas de los departamentos pertinentes en relación con las personas con discapacidad, que están estrechamente relacionados con la vida cotidiana de las personas con discapacidad. Está clasificado según 9 categorías principales y 52 subcategorías que incluyen "leyes y reglamentos, protección de derechos, peticiones, creación de organizaciones, rehabilitación, educación, alivio de la pobreza en el empleo, seguridad social, publicidad, cultura y deportes". La línea de atención está abierta de lunes a viernes de 8:00 a 12:00 horas, y de 13:00 a 17:00 horas para tramitación manual. El resto del tiempo es servicio automático de consulta y orientación por voz. La Línea Directa del Servicio Nacional para Personas con Discapacidad 12385 es una línea directa de servicio público social unificada aprobada por el Ministerio de Industria y Tecnología de la Información para brindar consultas sobre políticas, opiniones y sugerencias, asistencia vital y otros servicios a las personas con discapacidad. Actualmente, puede resolver cuestiones como la consulta de políticas y la protección de los derechos de las personas con discapacidad.
Base jurídica: “Ley de la República Popular China sobre la Protección de las Personas con Discapacidad”.
Artículo 1 Esta ley se promulga de conformidad con la Constitución con el fin de proteger los derechos e intereses legítimos de las personas con discapacidad, desarrollar la causa de las personas con discapacidad y garantizar que las personas con discapacidad puedan participar plenamente en vida social en pie de igualdad y disfrutar de los logros materiales y culturales de la sociedad.
Artículo 2 Se entiende por personas discapacitadas a las personas que tienen discapacidades mentales, físicas o estructurales o anomalías en determinados tejidos o funciones, y que han perdido total o parcialmente la capacidad de realizar determinadas actividades de forma normal. Las personas con discapacidad incluyen personas con discapacidad visual, discapacidad auditiva, discapacidad del habla, discapacidad física, discapacidad intelectual, discapacidad mental, discapacidad múltiple y otras discapacidades. Las normas sobre discapacidad las establece el Consejo de Estado.