Red de Respuestas Legales - Derecho empresarial - 33. Analicemos el concepto de mar territorial y su estatus jurídico.

33. Analicemos el concepto de mar territorial y su estatus jurídico.

El concepto de mar territorial y su régimen jurídico son los siguientes:

1. Mar territorial es una zona marítima de cierta anchura bajo control y jurisdicción de la soberanía nacional a lo largo de las aguas costeras o interiores del país. La soberanía territorial de los estados ribereños está limitada por el derecho de paso inocente de buques extranjeros. Explique el significado de daño al derecho de vía; los estados ribereños no ejercen jurisdicción sobre actos delictivos en los buques mercantes que transitan por mar abierto, pero existen excepciones. Enumere cuatro excepciones.

2. El mar territorial es parte integrante del territorio nacional y se rige por la soberanía nacional. La soberanía de un país sobre su mar territorial es soberanía del mar territorial. Según el derecho internacional, esta soberanía se extiende al espacio aéreo, al fondo marino y al subsuelo del mar territorial. El estado ribereño disfruta de los más altos derechos territoriales dentro del mar territorial, y todo lo que se encuentre dentro del mar territorial está bajo la jurisdicción del estado ribereño. Los países costeros disfrutan de los derechos exclusivos para desarrollar y utilizar todos los recursos dentro del mar territorial; los países costeros disfrutan de los derechos exclusivos de navegación costera, y los países costeros tienen el derecho de formular y promulgar leyes y reglamentos en los mares territoriales.

Sistema de mar territorial de 12 millas náuticas

El mar territorial de 12 millas náuticas es el rango de mar territorial de cada país costero estipulado por las Naciones Unidas y pertenece a la soberanía territorial. Además, cada estado costero tiene jurisdicción sobre 200 millas náuticas, pero no tiene derechos territoriales, lo que significa que pertenece a la zona económica exclusiva y puede ser gobernado. Las 12 millas náuticas más allá del mar territorial, es decir, las 24 millas náuticas más allá de la línea de base del mar territorial y del mar territorial, se denominan áreas marítimas contiguas.

En esta área, los estados costeros pueden hacer cumplir las leyes anticontrabando y anticontrabando que rigen las aguas territoriales. La zona económica exclusiva se encuentra dentro de las 200 millas náuticas. La zona económica exclusiva se refiere al área marítima que no debe exceder las 200 millas náuticas y los 370,4 kilómetros desde la línea de base del mar territorial, salvo puntos más cercanos a otro país. El concepto surgió originalmente de disputas sobre derechos de pesca. Después de 1945, a medida que la exploración petrolera submarina se hizo más popular, la introducción de zonas económicas exclusivas se hizo más urgente.