¿Es la oferta legalmente vinculante?
Análisis Legal
Una oferta equivale a una oferta estipulada en la ley contractual y tiene efectos legales. Una oferta es un documento legalmente vinculante. Una vez emitido, indica la intención del empleador de celebrar un contrato de trabajo con el solicitante de empleo y no puede ser revocado ni retirado a voluntad. Una oferta es una expresión de la intención de una parte de proponer condiciones contractuales a la otra parte con el fin de celebrar un contrato, con la esperanza de que la otra parte lo acepte. La parte que hace la oferta se llama oferente y la parte que acepta la oferta se llama destinatario. Una oferta es diferente de un acto de hecho. Como expresión de la intención de celebrar un contrato, una oferta puede vincular al oferente y al destinatario. Especialmente durante el período de validez de la oferta, el oferente debe estar obligado por el contenido de la oferta. Una vez emitida una oferta, el contenido de la oferta no podrá retirarse, revocarse ni modificarse sin el consentimiento del destinatario o las disposiciones de la ley. Una oferta es diferente de un acto jurídico. Por un lado, una oferta es una expresión de intención del oferente, y sólo después de que el destinatario la acepta puede producir el efecto jurídico esperado por el oferente (es decir, el establecimiento de un contrato; sin embargo, los actos jurídicos incluyen ambas expresiones unilaterales); de intención y dos o dos o más partes expresan la misma intención, y estas acciones pueden producir directamente el efecto jurídico esperado por las partes. Por otra parte, como expresión de intención, la fuerza vinculante de una oferta sólo se refleja en el “estoppel”, es decir, no puede ser retirada, cancelada o modificada sin autorización, y no puede producir directamente el efecto jurídico de crear los derechos y obligaciones; por otra parte, los actos jurídicos se basan en la intención expresada como elementos esenciales, tienen por objeto establecer, modificar y extinguir derechos y obligaciones civiles.
Base Jurídica
Código Civil de la República Popular China
Artículo 471 Las partes podrán celebrar un contrato mediante oferta, aceptación, etc.
Artículo 472 Una oferta es una expresión de intención de celebrar un contrato con otra persona. Esta expresión de intención debe cumplir las siguientes condiciones: (1) Que el contenido esté específicamente determinado; (2) Que el oferente lo indique; que ha aceptado la oferta y quedará obligado por esa expresión de intención.