Red de Respuestas Legales - Derecho empresarial - * * *¿Es válido que una pareja firme un contrato de compraventa de inmuebles? En el contrato de compraventa de casa, si ambos marido y mujer son compradores, vale una firma si es el vendedor, y la casa es propiedad mueble, vale una firma si el marido y la mujer tienen; la misma propiedad, sólo se firma una firma sin obtener la firma La otra parte está de acuerdo y el contrato es nulo. Según el artículo 1062 del Código Civil, los siguientes bienes adquiridos por el marido y la mujer durante la relación matrimonial son bienes comunes del marido y la mujer y pertenecen tanto al marido como a la mujer: (1) salarios, bonificaciones y remuneraciones laborales (2); ) los ingresos de producción, operaciones e inversiones; (3) los ingresos por derechos de propiedad intelectual; (4) los bienes heredados o donados, salvo lo dispuesto en el párrafo 3 del artículo 1063 de esta Ley; (5) los demás bienes que deban pertenecer; * * *. El marido y la mujer tienen iguales derechos para disponer de los mismos bienes. El artículo 1062 del Código Civil estipula que los siguientes bienes adquiridos por el marido y la mujer durante la relación matrimonial son propiedad conjunta del marido y la mujer y pertenecen tanto al marido como a la mujer: (1) salarios, bonificaciones, remuneración laboral (2) ingresos; de producción, operación e inversión; (3) Rentas provenientes de derechos de propiedad intelectual; (4) Bienes heredados o donados, salvo lo dispuesto en el párrafo 3 del artículo 1063 de esta Ley; (5) Otros bienes que deban pertenecer a * * *; . El marido y la mujer tienen iguales derechos para disponer de los mismos bienes.

* * *¿Es válido que una pareja firme un contrato de compraventa de inmuebles? En el contrato de compraventa de casa, si ambos marido y mujer son compradores, vale una firma si es el vendedor, y la casa es propiedad mueble, vale una firma si el marido y la mujer tienen; la misma propiedad, sólo se firma una firma sin obtener la firma La otra parte está de acuerdo y el contrato es nulo. Según el artículo 1062 del Código Civil, los siguientes bienes adquiridos por el marido y la mujer durante la relación matrimonial son bienes comunes del marido y la mujer y pertenecen tanto al marido como a la mujer: (1) salarios, bonificaciones y remuneraciones laborales (2); ) los ingresos de producción, operaciones e inversiones; (3) los ingresos por derechos de propiedad intelectual; (4) los bienes heredados o donados, salvo lo dispuesto en el párrafo 3 del artículo 1063 de esta Ley; (5) los demás bienes que deban pertenecer; * * *. El marido y la mujer tienen iguales derechos para disponer de los mismos bienes. El artículo 1062 del Código Civil estipula que los siguientes bienes adquiridos por el marido y la mujer durante la relación matrimonial son propiedad conjunta del marido y la mujer y pertenecen tanto al marido como a la mujer: (1) salarios, bonificaciones, remuneración laboral (2) ingresos; de producción, operación e inversión; (3) Rentas provenientes de derechos de propiedad intelectual; (4) Bienes heredados o donados, salvo lo dispuesto en el párrafo 3 del artículo 1063 de esta Ley; (5) Otros bienes que deban pertenecer a * * *; . El marido y la mujer tienen iguales derechos para disponer de los mismos bienes.