¿Escribió la solicitud de ejecución usted mismo o un abogado?
De acuerdo con las leyes de nuestro país, usted mismo puede redactar una solicitud de ejecución forzosa o confiarla a un abogado para que la redacte.
2. Materiales que se deben aportar al solicitar la ejecución obligatoria
Los materiales que los solicitantes deben aportar al solicitar la ejecución obligatoria son:
1. ejecución obligatoria. Si el solicitante es una persona jurídica u otra organización, la solicitud de ejecución deberá llevar el sello oficial; si el solicitante es una persona física, la solicitud de ejecución deberá estar firmada o tomar sus huellas dactilares; La solicitud de ejecución no podrá redactarse con bolígrafo ni con fotocopia.
2. Copias de materiales que acrediten las calificaciones del solicitante. Si el solicitante encomienda a otra persona la solicitud de ejecución forzosa, deberá proporcionar los materiales de encomienda. Si el solicitante solicita la ejecución de un documento legal extrajudicial, también deberá presentar el certificado de calificación de la materia del solicitante.
3. Un original y dos copias de un documento legal vigente y con contenido ejecutivo. Los documentos jurídicos vigentes expedidos por el tribunal llevarán el sello de documento jurídico vigente del juez. Si el juicio se lleva a cabo por dos tribunales, se deberán aportar los documentos legales de los tribunales de primera y segunda instancia, al documento legal vigente emitido por la agencia arbitral se acompañará una carta de la agencia arbitral indicando que el documento legal ha entrado en vigor o; Se acompañará el recibo original firmado por ambas partes; el documento administrativo vigente emitido por la agencia administrativa deberá acompañarse del recibo de entrega firmado por las partes interesadas y del material probatorio original.
4. Lista de indicios de propiedad del encuestado. Si se toman medidas de preservación contra los bienes del demandado, se deberá presentar copia de la sentencia civil sobre medidas de preservación.
Leyes y normas pertinentes:
Ley de Procedimiento Civil
Artículo 227: Durante el proceso de ejecución, si una parte ajena al caso plantea objeción por escrito al sujeto materia de ejecución, El tribunal popular realizará una revisión dentro de los 15 días siguientes a la fecha de recepción de la objeción escrita si se establecen los motivos, decidirá suspender la ejecución del asunto si no se establecen los motivos; resolverá para rechazarlo. Si una parte ajena al caso o una parte se niega a aceptar la sentencia y cree que la sentencia o sentencia original es errónea, el caso se manejará de acuerdo con los procedimientos de supervisión del juicio si no tiene nada que ver con la sentencia o sentencia original; , se podrá presentar una demanda ante el Tribunal Popular dentro de los 15 días siguientes a la fecha de emisión de la sentencia.