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Normativa legal sobre la velocidad máxima de las bicicletas eléctricas en carriles no motorizados

La velocidad máxima de las bicicletas eléctricas en carriles no motorizados no debe exceder los 15 km/h. Actualmente, las bicicletas eléctricas pertenecen a la categoría de vehículos no motorizados. Para conducir este vehículo no se requiere permiso de conducir ni revisión anual, pero sí. para cumplir con las nuevas normas nacionales es necesario utilizar un casco de seguridad al conducir.

¿Cuáles son las normas que deben respetar los conductores de vehículos a motor?

1. Antes de conducir un vehículo de motor en la carretera, el conductor deberá comprobar cuidadosamente la seguridad y el rendimiento técnico del vehículo de motor; no conducirá un vehículo de motor con instalaciones de seguridad incompletas o con piezas que no cumplan; normas técnicas y otros riesgos potenciales para la seguridad;

2. Los conductores de vehículos de motor deberán respetar las disposiciones de las leyes y reglamentos de seguridad vial y conducir de forma segura y civilizada de acuerdo con las especificaciones operativas;

3. Beber alcohol, consumir psicofármacos o estupefacientes controlados por el Estado. Cualquier persona a la que no se le permita conducir un vehículo de motor si padece una enfermedad que impide la conducción segura de un vehículo de motor, o está excesivamente fatigado y afecta la conducción segura. ;

4. Nadie puede obligar, instruir o tolerar que un conductor viole las leyes de seguridad vial operar un vehículo de motor según lo exigen las normas y la conducción segura de vehículos de motor.

Base jurídica: artículo 57 de la "Ley de seguridad vial de la República Popular China"

La conducción de vehículos no motorizados en la carretera debe cumplir con las normas de seguridad vial pertinentes. Los vehículos no motorizados deberán circular por carriles no motorizados; en vías sin carriles no motorizados, deberán circular por el lado derecho de la calzada.

Artículo 58

Cuando las sillas de ruedas motorizadas y las bicicletas eléctricas para personas con discapacidad circulen por carriles no motorizados, la velocidad no excederá los 15 kilómetros por hora.

Artículo 59

Los vehículos sin motor deberán estacionarse en los lugares prescritos. Si no existiera plaza de aparcamiento, el estacionamiento de vehículos no motorizados no obstaculizará el paso de otros vehículos y peatones.