Red de Respuestas Legales - Directorio de abogados - ¿Se puede certificar ante notario a nombre de la mujer la propiedad infiel de un hombre?

¿Se puede certificar ante notario a nombre de la mujer la propiedad infiel de un hombre?

Análisis jurídico: La notarización no es un requisito para la validez de un acuerdo matrimonial. El acuerdo matrimonial debe constar por escrito y surtir efectos cuando ambas partes estén de acuerdo, pero no puede utilizarse contra un tercero. Este tipo de acuerdo es similar a un acuerdo de lealtad, siempre que exprese las verdaderas intenciones de ambas partes y no viole las disposiciones de las leyes nacionales, es teóricamente válido. Sin embargo, dado que la distribución de los bienes conyugales involucra los intereses de muchas partes, aún no está claro si la notaría está dispuesta a aceptar tales negocios de notarización. La ley estipula que el alcance de la notarización en la Ley de Notarios es, en principio, que algunos asuntos específicos no pueden juzgarse directamente de acuerdo con las disposiciones legales, sino que la notaría toma una decisión después de considerar exhaustivamente varios factores.

Base jurídica: “Código Civil de la República Popular China”

Artículo 1064: Los cónyuges tienen la misma firma o las deudas contraídas por una de las partes después del hecho, y el diario vida de la familia durante el matrimonio. Las deudas contraídas a nombre propio para las necesidades diarias pertenecen a la misma deuda del marido y de la mujer.

Las deudas contraídas por uno de los cónyuges a nombre propio que excedan las necesidades diarias de la familia durante el matrimonio no son deudas conjuntas de la pareja, sin embargo, el acreedor puede probar que la deuda fue utilizada para el bien de la pareja*; * * vida y * * * producción empresarial, o fundada en la misma intención de ambos cónyuges.

Artículo 1065: Hombres y mujeres podrán pactar que los bienes adquiridos durante el matrimonio y los bienes anteriores al matrimonio sean de su propiedad, en todo o en parte, o en parte. El acuerdo debe ser por escrito. Si no hay acuerdo o el acuerdo no es claro, se estará a lo dispuesto en los artículos 1062 y 1063 de esta Ley.

El acuerdo entre marido y mujer sobre los bienes adquiridos durante el matrimonio y los bienes antes del matrimonio es jurídicamente vinculante para ambas partes.

El marido y la mujer acuerdan que los bienes adquiridos durante el matrimonio serán propiedad del otro. Si la otra parte tiene conocimiento de este acuerdo, los bienes muebles de la pareja se utilizarán para saldar las deudas. la pareja.