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Primera orden de heredero

El artículo 127 del Código Civil establece que son herederos de primer orden el cónyuge, los hijos y los padres. Una vez que comienza la herencia, los herederos de primer orden heredan y los herederos de segundo orden no heredan. Los hijos mencionados en la herencia en el Código Civil incluyen hijos legítimos, hijos ilegítimos, hijos adoptados e hijastros con relaciones de dependencia; los padres mencionados en la serie de herencias incluyen padres biológicos, padres adoptivos y padrastros con relaciones de dependencia.

Análisis jurídico: El artículo 127 del Código Civil establece que son herederos de primer orden el cónyuge, los hijos y los padres. Una vez que comienza la herencia, los herederos de primer orden heredan y los herederos de segundo orden no heredan. Los hijos mencionados en la herencia en el Código Civil incluyen hijos legítimos, hijos ilegítimos, hijos adoptados e hijastros con relaciones de dependencia; los padres mencionados en la serie de herencias incluyen padres biológicos, padres adoptivos y padrastros con relaciones de dependencia. El principio de distribución de la herencia en la herencia legal se refiere al estándar básico para determinar la parte de la herencia que los herederos legales en el mismo orden deben recibir en la herencia legal. Incluye principalmente dos aspectos: 1. En términos generales, los herederos en el mismo orden deben tener partes iguales de herencia. De acuerdo con los principios generales de distribución de la herencia en la herencia legal, en circunstancias normales, los herederos legales en el mismo orden deben distribuir equitativamente el monto de la herencia según el número de herederos. La llamada "situación general" significa que los herederos legales del mismo orden tienen básicamente la misma situación y condiciones similares en términos de condiciones de vida, capacidad laboral y obligaciones de manutención, manutención o manutención para con el fallecido. La llamada "distribución equitativa de la herencia" significa que todos los herederos legales en el mismo orden tienen la misma proporción del monto de la herencia del difunto, y no existe una diferencia obvia. 2. En circunstancias especiales, las partes hereditarias de los herederos legales pueden ser desiguales según las disposiciones pertinentes de la ley.

Base jurídica: El artículo 127 del Código Civil establece que son herederos de primer orden el cónyuge, los hijos y los padres. Una vez que comienza la herencia, los herederos de primer orden heredan y los herederos de segundo orden no heredan. Los hijos mencionados en la herencia en el Código Civil incluyen hijos legítimos, hijos ilegítimos, hijos adoptados e hijastros con relaciones de dependencia; los padres mencionados en la serie de herencia incluyen padres biológicos, padres adoptivos y padrastros con relaciones de dependencia.