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Relación de pago de la seguridad social

La proporción de las contribuciones a la seguridad social es la siguiente:

1. Unidad de seguro:

Seguro de pensiones: La unidad paga el 20% y el individuo paga el 8%.

Seguro médico: La unidad paga el 8% y el individuo paga el 2%.

Seguro de desempleo: La unidad paga el 2% y el individuo paga el 1%.

Seguro de accidentes de trabajo: La unidad paga el 0,5% y los particulares no pagan.

Seguro de maternidad: La unidad paga el 0,8%, los particulares no pagan.

2. Seguro personal:

Seguro de pensiones: el 20% lo paga el individuo.

Seguro médico: Los particulares pagan el 5%.

Las personas autoaseguradas sólo pueden pagar el seguro de pensión y el seguro médico por su propia cuenta, pero en algunas zonas también pueden pagar el seguro de maternidad por su propia cuenta, siendo la tasa de pago general del 1%.

La seguridad social generalmente la pagan los empleados y las unidades, con diferentes ratios de pago. El índice de pago unitario es más alto que el de los empleados y los empleados no necesitan pagar algunos proyectos de seguro. Además, si pagan la seguridad social enteramente ellos mismos, las proporciones de pago serán diferentes. Los ratios de pago específicos son diferentes en algunas regiones o empresas, y el ratio de pago está sujeto al pago real.

Base jurídica:

El artículo 12 de la "Ley del Seguro Social" estipula que el empleador pagará las primas del seguro de pensión básico de acuerdo con la proporción del salario total de sus empleados estipulada por del Estado y registrarlas en el fondo común de primas del seguro de pensiones.

El artículo 22 de la "Ley de Seguro Social" estipula que el Estado establecerá y mejorará el sistema de seguro de pensiones sociales para los residentes urbanos. Los gobiernos populares de las provincias, regiones autónomas y municipios directamente dependientes del Gobierno Central pueden, según las condiciones reales, fusionar el seguro de pensión social para los residentes urbanos con el nuevo seguro de pensión social rural.

El artículo 33 de la "Ley de Seguro Social" estipula que los empleados participarán en el seguro de accidentes laborales y el empleador pagará las primas del seguro de accidentes laborales. Los empleados no pagarán primas del seguro de accidentes laborales. .

El artículo 53 de la "Ley del Seguro Social" estipula que los empleados participarán en el seguro de maternidad y el empleador pagará las primas del seguro de maternidad de acuerdo con las regulaciones nacionales.