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¿La compensación económica se calcula en función de los salarios pagaderos o de los salarios reales?

La compensación económica se calcula en base a los salarios a pagar.

Según la normativa pertinente, la compensación económica se basa en el número de años consecutivos de servicio en el empleador, y se paga un mes de salario por cada año completo si es superior a seis meses y inferior a uno. año, se calculará como un año; si es inferior a seis meses, se calculará como un año. Mensualmente, se paga medio mes de salario. El salario aquí se refiere al salario promedio del empleado en los 12 meses anteriores a la terminación o rescisión del contrato laboral.

Si una empresa despide a un empleado y debe pagar una compensación económica:

1. Si las partes del contrato de trabajo llegan a un acuerdo y el empleador rescinde el contrato de trabajo, la compensación económica. se basará en el salario del empleado por cada día que trabaje en la unidad. El pago estándar es el salario de un mes después de un año completo. Si es superior a seis meses y inferior a un año, se computará como un año; si es inferior a seis meses, se pagará al trabajador la compensación económica de medio mes de salario; > 2. El empleado está enfermo o no por motivos laborales. Si el empleado se lesiona y el comité de evaluación laboral confirma que no puede realizar el trabajo original u otro trabajo organizado por el empleador y se rescinde el contrato laboral, el empleador deberá pagar al empleado un mes de salario por cada año completo en función de los años de trabajo del empleado en el empleador;

3 si un empleado no está calificado para el trabajo, y después de capacitarse o ajustar su puesto de trabajo. , aún no está calificado para el trabajo y se rescinde el contrato de trabajo con el empleador, el empleador deberá pagar al empleado el equivalente a un mes en función del número de años que haya trabajado en el empleador.

4. Las circunstancias objetivas en las que se celebró el contrato de trabajo han sufrido cambios importantes, imposibilitando la ejecución del contrato de trabajo original, y las partes no pueden llegar a un acuerdo sobre la modificación del contrato de trabajo mediante negociación. Si el empleador rescinde el contrato de trabajo, el empleador deberá pagar al empleado un mes de salario por cada año completo con base en el número de años que haya trabajado en el empleador.

5. en quiebra y se encuentre en proceso de reorganización legal o durante el período de producción y operación si existen dificultades graves y es necesario despedir empleados, el empleador deberá pagar una compensación económica a los trabajadores despedidos en función del número de años que hayan trabajado. la unidad. A los trabajadores se les paga un mes de salario por cada año completo.

En resumen, si el empleado viola gravemente las reglas y regulaciones del empleador, el empleador puede notificar al empleado que rescinda el contrato laboral en cualquier momento, lo que también se denomina rescisión negligente del contrato laboral. En este caso, si el empleador propone rescindir el contrato de trabajo, no necesita pagar compensación económica.

Base legal:

Artículo 47 de la “Ley de Contrato de Trabajo de la República Popular China”

Cálculo de la compensación económica Según el número de años de servicio en la unidad, se pagará a los trabajadores un mes de salario por cada año completo. Si el período es superior a seis meses e inferior a un año, se computará como un año; si es inferior a seis meses, se pagará al trabajador la compensación económica de medio mes de salario.

Si el salario mensual del empleado es tres veces mayor que el salario mensual promedio local de los empleados anunciado por el gobierno popular del municipio o ciudad distrital donde está ubicado el empleador, el estándar de compensación económica pagada al empleado será el salario medio mensual del empleado, y el plazo máximo para pagar la compensación económica a los trabajadores no excederá de 12 años.

El salario mensual mencionado en este artículo se refiere al salario promedio del trabajador en los doce meses anteriores a la extinción o extinción del contrato de trabajo.