La cantidad real de cigarrillos falsificados vendidos hace dos años no llegó a 50.000, pero la cantidad de confesiones extraídas mediante tortura superó las 50.000. ¿Qué debo hacer?
Materiales de referencia:
Delitos de alteración del orden de la economía de mercado socialista
Sección 1: Delitos de producción y venta de productos falsificados y de calidad inferior
Artículo 100 Artículo 40 Quien produzca o venda productos falsificados o de calidad inferior, adultere o adultere los productos, haga pasar productos falsos como productos genuinos, haga pasar productos de calidad inferior como buenos productos, o haga pasar productos de calidad inferior como productos calificados, y las ventas la cantidad sea superior a 50.000 yuanes pero inferior a 200.000 yuanes, será castigado con una multa de dos años, será condenado a una pena de prisión de duración determinada no superior a 10 años o a detención penal, y también o únicamente a una multa no inferior al 50% pero no más de 200.000 yuanes. Cualquier persona con un monto de ventas superior a 200.000 yuanes pero inferior a 500.000 yuanes será condenada a una pena de prisión de no menos de dos años pero no más de siete años y una multa de no menos del 50% pero no más de dos. veces el monto de las ventas es superior a 500.000 yuanes pero no más de 2 millones. Si el monto de las ventas excede los 2 millones de yuanes, será condenado a una pena de prisión de no menos de siete años y una multa de no menos de 500.000 yuanes; menos del 50% pero no más del doble del monto de las ventas. Se impondrá una multa de no menos del 50% pero no más del doble del monto o confiscación de la propiedad;
Artículo 141: Delito de producción y venta de medicamentos falsificados. Quien produzca y venda medicamentos falsificados que pongan en grave peligro la salud humana, será sancionado con pena privativa de libertad no mayor de tres años o prisión penal, y también o únicamente con multa no menor del 50% pero no mayor del doble del monto de las ventas; a una pena de prisión determinada no inferior a diez años ni superior a diez años, y multa no inferior al 50% ni superior al doble del importe de las ventas, si causa la muerte o daños especialmente graves a la salud humana; será sancionado con pena privativa de libertad no menor de diez años, cadena perpetua o muerte, y además se le impondrá multa no menor del 50% ni mayor del doble del monto de las ventas; Se podrá imponer no menos del 50% pero no más del doble del monto de las ventas o la confiscación de bienes.
Los medicamentos falsificados, como se menciona en este artículo, se refieren a medicamentos y no medicamentos que son medicamentos falsificados y tratados como medicamentos falsificados de acuerdo con las disposiciones de la Ley de Administración de Medicamentos de la República Popular China.
Artículo 142 El que cometa el delito de producción y venta de drogas de calidad inferior, causando graves daños a la salud humana, será sancionado con pena privativa de libertad no menor de tres años ni mayor de diez años, y También se impondrá una multa no inferior al 50% del importe de las ventas, si las consecuencias fueran especialmente graves, la persona será condenada a pena privativa de libertad no inferior a diez años o a cadena perpetua, y también se le impondrá una multa no inferior al 50%. % del monto de las ventas pero no más del doble del monto, o la propiedad será confiscada.
El término "medicamentos de calidad inferior", tal como se menciona en este artículo, se refiere a medicamentos que se consideran medicamentos inferiores de acuerdo con las disposiciones de la "Ley de Administración de Medicamentos de la República Popular China".
Artículo 143: Delito de producción y venta de alimentos que no cumplan con normas higiénicas. Quien produzca y venda alimentos que no cumplan normas de higiene suficientes para causar accidentes graves de intoxicación alimentaria u otras enfermedades graves transmitidas por los alimentos, será sancionado con pena privativa de libertad no superior a tres años o prisión penal, y también o únicamente será multado con multa no menor del 50% ni mayor del doble del monto de las ventas, quien cause daño grave a la salud humana, será sancionado con pena privativa de libertad no menor de tres años ni mayor de siete años; Se le impondrá una multa no inferior al 50% ni superior al doble del importe de las ventas, si las consecuencias son especialmente graves, con pena privativa de libertad no inferior a siete años o cadena perpetua y multa de hasta el 10%. Se podrá imponer no menos del 50% pero no más del doble del monto de las ventas o la confiscación de bienes.
Artículo 144: Producir y vender alimentos tóxicos o nocivos, adulterar alimentos con materias primas no alimentarias tóxicas o nocivas, o vender alimentos que estén deliberadamente adulterados con materias primas no alimentarias tóxicas o nocivas. Quien venda alimentos deberá será sancionado con pena privativa de libertad no mayor de cinco años o reclusión penal, y además será multado o multado no menos del 50% pero no más del doble del monto de las ventas, quien cause accidentes graves por intoxicación alimentaria u otros graves transmitidos por alimentos; enfermedades que causen daños graves a la salud humana, serán sancionadas con pena privativa de libertad no inferior a cinco años pero no superior a diez años, y también a una multa no inferior al 50% pero no superior al doble del importe de las ventas; si causa la muerte o causa daños especialmente graves a la salud humana, será sancionado de conformidad con el artículo 141 de esta Ley. Especifica las penas.
Artículo 145: Delito de producción y venta de equipos sanitarios de calidad inferior. Cualquiera que, a sabiendas, produzca o venda dispositivos médicos o materiales médicos y de salud que no cumplan con las normas nacionales o las normas industriales para proteger la salud humana, causando daños graves a la salud humana, será condenado a pena de prisión de duración determinada no superior a cinco años. , e imponer una multa no inferior al 50% pero no superior al doble del importe de las ventas. Si las consecuencias fueran particularmente graves, será sancionado con pena privativa de libertad no menor de cinco años ni mayor de diez años, y además se le impondrá una multa no menor del 50% pero no mayor del doble del monto de las ventas. Si las circunstancias son especialmente graves, será condenado a pena privativa de libertad no inferior a cinco años ni superior a diez años, y multa no inferior al 50% ni superior al doble del importe de las ventas. Se podrá imponer no menos del 50% pero no más del doble de esa cantidad, o se podrán confiscar bienes.
Artículo 146: Es delito producir y vender productos que no cumplan con las normas de seguridad. Es delito producir productos eléctricos, productos recipientes a presión, productos inflamables y explosivos que no cumplan con las normas nacionales. estándares de la industria para garantizar la seguridad de las personas y la propiedad u otros productos, o aquellos que, a sabiendas, vendan productos que no cumplan con los estándares nacionales o los estándares de la industria para proteger la seguridad personal y de la propiedad, causando consecuencias graves, serán condenados a penas de duración determinada. pena de prisión no superior a cinco años y multa no inferior al 50% ni superior al doble del importe de las ventas. Si las consecuencias fueran especialmente graves, será condenado a pena privativa de libertad no inferior a cinco años y multa no inferior al 50% ni superior al doble del importe de las ventas.
Artículo 147: Producir y vender plaguicidas, medicamentos veterinarios, fertilizantes químicos y semillas falsificados, y vender plaguicidas, medicamentos veterinarios, fertilizantes químicos, semillas o. Los productores o vendedores que hagan pasar pesticidas, medicamentos veterinarios, fertilizantes o semillas no calificados como pesticidas, medicamentos veterinarios, fertilizantes o semillas calificados, causando grandes pérdidas a la producción, serán sentenciados a una pena de prisión de no más de tres años o causando Si se causan grandes pérdidas a la producción, la persona será condenada a pena privativa de libertad no menor de tres años pero no mayor de siete años, y también será multada no menos del 50% pero no más del doble. importe de las ventas, si una persona causa pérdidas particularmente importantes en la producción, será condenada a una pena de prisión de no menos de tres años y no más de siete años, y multa no inferior al 50% pero no superior al doble. del monto de las ventas se podrá imponer una multa no menor del 50% pero no mayor del doble de ese monto, o se podrá confiscar la propiedad.
Artículo 148 Quien produzca o venda cosméticos que no cumplan las normas higiénicas, o venda cosméticos que a sabiendas no cumplan las normas higiénicas, causando consecuencias graves, será sancionado con pena privativa de libertad no superior a tres años. o detención penal, y además se impondrá una multa no menor del 50% pero no mayor del doble del monto de las ventas de un solo lugar o lugar.
Artículo 149: Producir y vender los productos enumerados en los artículos 141 a 148 de esta sección no constituye un delito estipulado en cada artículo, pero el monto de las ventas está dentro de Si el monto excede los 50.000 yuanes, la persona deberá ser condenado y sancionado de conformidad con lo dispuesto en el artículo 140 de esta Sección.
La producción y venta de los productos enumerados en los artículos 141 a 148 de esta fracción no sólo constituye el delito señalado en cada artículo, sino que también constituye el delito señalado en el artículo 140 de esta fracción. ser condenado y castigado de conformidad con las disposiciones sobre penas más severas.
Artículo 150 Si una unidad comete los delitos señalados en los artículos 140 a 148 de esta sección, la unidad será multada, y también serán multados el responsable directo de la unidad y el responsable. Los responsables directos serán sancionados de conformidad con lo dispuesto en los artículos respectivos.