¿Es ilegal instalar un dispositivo de escucha en el coche de otra persona?
1. Instalar un dispositivo de escucha en el coche de otra persona viola la privacidad personal y es ilegal. Dependiendo de las circunstancias, los órganos de seguridad pública pueden imponer multas, detenciones y otras sanciones de seguridad pública. En lo que respecta al derecho a la privacidad, la legislación penal no estipula que sea un delito y no es un acto delictivo. Si se viola la privacidad de otros y se causan consecuencias graves, la parte infringida puede presentar una demanda civil ante los tribunales para solicitar que se elimine la obstrucción y se realice una compensación por las pérdidas.
2. Base jurídica: Artículo 42 de la “Ley de Sanciones de la Administración de la Seguridad Pública de la República Popular China”.
Quien cometa cualquiera de los siguientes actos será detenido por no más de cinco días o multado con no más de quinientos yuanes si las circunstancias son graves, será detenido por no menos de cinco días pero no; más de diez días y puede recibir una multa de no más de quinientos yuanes:
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(1) Escribir cartas amenazantes o amenazar la seguridad personal de otras personas de otras maneras;
(2) Insultar públicamente a otros o inventar hechos para difamar a otros;
(3) ) Fabricar hechos, hacer acusaciones falsas e incriminar a otros en un intento de someter a otros a procesos penales o sanciones de seguridad pública; p>
(4) Amenazar, insultar, golpear o tomar represalias contra los testigos y sus familiares cercanos;
(5) Enviar repetidamente información obscena, insultante, amenazante o de otro tipo, interfiriendo con la vida normal de los demás. ;
(6) Espiar, filmar en secreto, escuchar a escondidas o difundir la privacidad de otras personas.
2. ¿Cuál es el estándar de sentencia por invasión de la privacidad?
1. El que ilegalmente registre el cuerpo o la residencia de otra persona, o invada ilegalmente la residencia de otra persona, será sancionado con pena privativa de libertad no mayor de tres años o prisión preventiva; >2. El que oculte, destruya o abra ilegalmente cartas ajenas, que atente contra el derecho de los ciudadanos a la libertad de comunicación, y si las circunstancias son graves, será sancionado con pena privativa de libertad no superior a un año o prisión preventiva;
3. Los trabajadores postales que abran, oculten o destruyan correspondencia o telegramas sin autorización serán condenados a pena privativa de libertad no superior a dos años.