Red de Respuestas Legales - Derecho de bienes - ¿Estipula la legislación nacional que la jornada laboral no debe exceder unas pocas horas al mes?

¿Estipula la legislación nacional que la jornada laboral no debe exceder unas pocas horas al mes?

Artículo 36 El Estado implementa un sistema de jornada laboral mediante el cual los trabajadores no trabajan más de ocho horas al día y el tiempo de trabajo promedio no excede las 44 horas a la semana.

Artículo 37 El empleador determinará razonablemente la cuota laboral y las normas de remuneración a destajo para los trabajadores que realicen un trabajo a destajo con base en el sistema de jornada laboral estipulado en el artículo 36 de esta Ley.

Artículo 38 El empleador deberá garantizar que los trabajadores tengan al menos un día libre a la semana.

Artículo 39 Si una empresa no puede implementar lo dispuesto en los artículos 36 y 38 de esta Ley por sus características de producción, podrá adoptar otras medidas de trabajo y descanso con la aprobación de la dirección administrativa del trabajo.

Artículo 41: Por necesidades de producción y operación, el empleador podrá ampliar la jornada laboral previa consulta con el sindicato y los trabajadores, generalmente no más de una hora por día si es necesario ampliar la jornada debida; Por razones especiales, en las condiciones de garantizar la salud de los trabajadores, la jornada laboral ampliada no excederá de tres horas por día y no excederá de 36 horas por mes.