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Apoyo legal para la transferencia de derechos de gestión de contratos de tierras

Medidas para la Gestión de la Transferencia de Derechos de Gestión de Contratos de Tierras Rurales

(Deliberadas y adoptadas en la 2da reunión ejecutiva del Ministerio de Agricultura el 7 de octubre de 2005, anunciadas el 29 de octubre de 2005, y con vigencia a partir de 29 de marzo de 2005. Orden No. 47 del Ministerio de Agricultura)

Capítulo 1 Disposiciones Generales

El artículo 1 tiene como objetivo regular la transferencia de los derechos de administración del contrato de tierras rurales, salvaguardar la legítima derechos e intereses de ambas partes en la transferencia, y promover el desarrollo de la agricultura y la economía rural, estas medidas se formulan de conformidad con la "Ley de Contratos de Tierras Rurales" y los reglamentos pertinentes.

Artículo 2 La transferencia de los derechos de gestión de contratos de tierras rurales se basará en la adhesión al sistema de gestión de contratos de los agricultores y la estabilización de las relaciones de contratos de tierras rurales, y seguirá los principios de igualdad de consulta, legalidad, voluntariedad y compensación. .

Artículo 3 La transferencia de los derechos de gestión del contrato de tierras rurales no cambiará el uso agrícola de las tierras contratadas, el período de transferencia no excederá el período restante del período del contrato y los derechos e intereses legítimos de los interesados. los partidos políticos y las organizaciones económicas colectivas rurales no serán perjudicados.

Artículo 4 La transferencia de los derechos de gestión de contratos de tierras rurales debe ser estandarizada y ordenada. Deben protegerse las relaciones de transferencia formadas de conformidad con la ley.

Artículo 5 El departamento administrativo agrícola (o departamento de gestión rural) del gobierno popular a nivel de condado o superior será responsable, de acuerdo con las responsabilidades prescritas por el gobierno popular al mismo nivel, de orientar la transferencia y contratación de derechos de gestión de contratos de tierras rurales dentro de su propia región administrativa.

Capítulo 2 Transferencia por las Partes

Artículo 6 El contratista tiene derecho a decidir independientemente si el terreno contratado será transferido, y los objetos y métodos de transferencia de conformidad con la ley. . Ninguna unidad o individuo podrá obligar u obstaculizar al contratista a transferir su terreno contratado de conformidad con la ley.

Artículo 7 El producto de la transferencia de los derechos de administración del contrato de tierras rurales pertenece al contratista, y ninguna organización o individuo podrá apropiarse de ellos, retenerlos o retenerlos.

Artículo 8 Si un contratista encomienda voluntariamente a la parte contratante o a una organización intermediaria la transferencia de su terreno contratado, deberá emitir una carta de autorización para la transferencia de terreno. El poder deberá especificar los asuntos encomendados, facultades y plazo, y deberá estar firmado o sellado por el poderdante. Sin la autorización escrita del contratista, ninguna organización o individuo tiene derecho a decidir transferir de ninguna manera las tierras contratadas de los agricultores.

Artículo 9 El cesionario de la transferencia de derechos de gestión del contrato de tierras rurales podrá ser el hogar de agricultores contratantes u otras organizaciones e individuos autorizados por las leyes y reglamentos a participar en la producción y gestión agrícola. En igualdad de condiciones, tendrán prioridad los miembros de esta organización económica colectiva. El cesionario debe tener capacidades de gestión agrícola.

Artículo 10 El método, plazo y condiciones específicas para la transferencia de los derechos de gestión del contrato de tierras rurales serán determinados por ambas partes mediante consulta igualitaria.

Artículo 11 Una vez que el contratista y el cesionario lleguen a una intención de transferencia, si la transferencia se realiza mediante subcontratación, arrendamiento, permuta, etc., el contratista deberá presentar prontamente un registro ante la parte emisora ​​del contrato; si es necesario transferirlo, deberá presentar una solicitud de transferencia al empleador con antelación.

Artículo 12 El cesionario deberá proteger la tierra de acuerdo con las leyes y reglamentos pertinentes y tiene prohibido cambiar el uso agrícola de la tierra transferida.

Artículo 13 El cesionario deberá obtener el consentimiento del contratista original antes de recircular el terreno cedido por el contratista mediante subcontratación, arrendamiento, etc.

Artículo 14 Si el cesionario invierte para mejorar la capacidad de producción del terreno durante el período de cesión, cuando el contrato de cesión de terreno venza o no haya vencido, y el terreno contratado sea recuperado por el contratista de conformidad con la ley, el cesionario tendrá derecho a recibir la compensación correspondiente. El método de compensación específico puede estipularse en el contrato de transferencia de tierras o negociarse entre ambas partes.

Capítulo 3 Métodos de circulación

Artículo 15 Los derechos de gestión del contrato de tierras rurales obtenidos por el contratista de conformidad con la ley podrán subcontratarse, arrendarse, intercambiarse, etc., de conformidad con las leyes pertinentes. y políticas nacionales, etc.

Artículo 16 Si el contratista transfiere parte o la totalidad de los derechos de gestión del contrato de tierras rurales de conformidad con la ley mediante subcontratación, arrendamiento, participación accionaria, etc., la relación contractual entre el contratista y el contratante se mantiene. sin cambios, y los derechos y obligaciones de ambas partes permanecen sin cambios.

Artículo 17 Los contratistas de la misma organización económica colectiva intercambian voluntariamente los derechos de gestión del contrato de tierras, y los derechos y obligaciones del contrato original de las partes que intercambian tierras también se intercambian en consecuencia. Los interesados ​​podrán solicitar la tramitación de los trámites registrales para la modificación del certificado de derecho de gestión del contrato de suelo rústico.

Artículo 18 Si el contratista transfiere los derechos de administración de terrenos rurales mediante transferencia, con el consentimiento de la parte contratante, el interesado podrá solicitar que se tramiten con prontitud los trámites para cambiar, cancelar o reexpedir el derecho rural. derechos de gestión de contratos de tierras.

Artículo 19 El contratista podrá destinar voluntariamente terrenos contratados para el desarrollo de la producción cooperativa agrícola, pero cuando la cooperativa por acciones se disuelva, los terrenos asignados serán devueltos a los agricultores contratantes originales.

Artículo 20 Una vez registrados conforme a la ley los derechos de gestión del contrato de tierras obtenidos mediante cesión o permuta y obtenido el certificado de derechos de gestión del contrato de tierras, podrán ser subcontratados, arrendados, permutados, transferidos o transferidos de conformidad con la ley y las políticas nacionales Transferir por otros medios.

Capítulo 4 Contrato de Transferencia

Artículo 21 Cuando un contratista transfiera los derechos de gestión del contrato de tierras rurales, deberá firmar un contrato de transferencia por escrito con el cesionario sobre la base del consenso.

El contrato de transferencia del derecho de gestión del contrato de tierras rurales se realiza por cuadruplicado, con cada parte en posesión de una copia, y la parte emisora ​​del contrato y el departamento de gestión de contratos de tierras rurales del gobierno popular del municipio (pueblo) en posesión de una. copiar cada uno.

Si el contratista entrega la tierra a otros para su cultivo durante menos de un año, no necesita firmar un contrato escrito.

Artículo 22 Si el contratista encomienda a la parte contratante o a una organización de servicios intermediaria la transferencia del terreno contratado, el contrato de transferencia deberá ser firmado por el contratista o su agente autorizado por escrito.

Artículo 23 Los contratos de transferencia de derechos de gestión de tierras rurales generalmente incluyen el siguiente contenido:

(1) Nombres y residencias de ambas partes, situación, ubicación, área y grado de calidad de la transferencia de tierras; (3) Período de circulación y fechas de inicio y finalización; (4) Método de circulación; (5) Objeto del terreno transferido; (6) Derechos y obligaciones de ambas partes; después de la expiración del contrato de transferencia Enajenación de las instalaciones relacionadas (9) Responsabilidad por incumplimiento del contrato;

El formato del texto del contrato para la transferencia de derechos de gestión del contrato de tierras rurales será determinado por el departamento administrativo agrícola del Gobierno Popular Provincial.

Artículo 24 Las partes involucradas en la transferencia de derechos de gestión de contratos de tierras rurales podrán solicitar al departamento de gestión de contratos de tierras rurales del gobierno popular del municipio (ciudad) la autenticación del contrato.

El departamento de gestión de contratos de tierras rurales del gobierno popular del municipio (ciudad) no obligará a las partes involucradas en la transferencia de los derechos de gestión de contratos de tierras a aceptar la verificación.

Capítulo 5 Gestión de Circulación

Artículo 25 Si el contratante requiere que el contratista subcontrate, arriende, permute o enajene de otras formas el terreno contratado, deberá levantar un acta en el momento oportuno. manera e informar al departamento de gestión de contratos de tierras rurales del gobierno popular del municipio (pueblo). ]

Si el contratista transfiere la tierra contratada y la parte emisora ​​del contrato acepta la transferencia, deberá informar de inmediato al departamento de gestión de contratos de tierras rurales del gobierno popular del municipio (ciudad) y cooperar con las autoridades pertinentes. cambiar los procedimientos; si la parte emisora ​​del contrato no está de acuerdo con la transferencia, deberá dar una explicación por escrito al contratista dentro de los siete días.

Artículo 26 El departamento de gestión de contratos de tierras rurales del gobierno popular del municipio (ciudad) proporcionará de inmediato al contratista con una intención de transferencia un contrato de transferencia en un formato de texto unificado y guiará la firma.

Artículo 27 El departamento de gestión de contratos de tierras rurales del gobierno popular del municipio (ciudad) establecerá un libro de registro para la transferencia de los derechos de gestión de contratos de tierras rurales y registrará con prontitud y precisión la transferencia de la gestión de contratos de tierras rurales. derechos. Si el terreno contratado se transfiere mediante subcontratación, arrendamiento, etc., se deben realizar los registros pertinentes de manera oportuna; si el terreno contratado se transfiere mediante transferencia, intercambio, etc., se deben modificar los contratos pertinentes y los certificados de derechos de gestión del contrato de terreno; de manera oportuna.

Artículo 28 El departamento de gestión de contratos de tierras rurales del gobierno popular del municipio (ciudad) archivará y conservará adecuadamente el contrato de transferencia de derechos de gestión de contratos de tierras rurales y los documentos, textos y materiales relacionados.

Artículo 29: Los derechos de gestión del contrato de tierras se transfieren mediante intercambio, transferencia, etc., y la parte interesada solicita el registro de la transferencia de los derechos de gestión del contrato de tierras, el departamento administrativo agrícola (o departamento de gestión rural) de el gobierno popular a nivel de condado deberá aceptar y tramitar la solicitud de conformidad con las disposiciones de las "Medidas para la administración de los certificados de gestión de contratos de tierras rurales".

Artículo 30: Las organizaciones intermediarias que participan en servicios de transferencia de derechos de gestión de contratos de tierras rurales deberán registrarse en el departamento administrativo agrícola del gobierno popular local a nivel de condado o superior, aceptar su orientación y proporcionar servicios de intermediación de transferencia en de acuerdo con las leyes y regulaciones pertinentes.

Artículo 31 Si el departamento de gestión de contratos de tierras rurales del gobierno popular del municipio (ciudad) está guiando la firma de un contrato de transferencia o verificando el contrato de transferencia y descubre que ambas partes de la transferencia han violado las leyes y regulaciones , lo corregirán prontamente.

Artículo 32 Los departamentos administrativos agrícolas (o de gestión rural) de los gobiernos populares locales a nivel de condado o superior reforzarán la orientación para los departamentos de gestión de contratos de tierras rurales de los gobiernos populares de municipio (pueblo). El departamento de gestión de contratos de tierras rurales del gobierno popular del municipio guiará y gestionará la transferencia de los derechos de gestión de contratos de tierras rurales de conformidad con la ley y desempeñará correctamente sus funciones.

Artículo 33: Cuando surjan controversias o controversias sobre la transferencia de derechos de administración de contratos de tierras rurales, las partes deberán negociarlas y resolverlas conforme a la ley.

Si las partes no logran llegar a un acuerdo mediante la negociación, pueden solicitar la mediación del comité de la aldea o del gobierno popular del municipio.

Si las partes no están dispuestas a negociar o la mediación fracasa, pueden solicitar arbitraje a la Institución de Arbitraje de Contratos de Tierras Rurales o presentar directamente una demanda ante el Tribunal Popular.

Capítulo 6 Disposiciones Complementarias

Artículo 34 La contratación de terrenos rústicos tales como cerros, quebradas, cerros y bajíos mediante licitación, subasta, consulta pública, etc., se registrará de conformidad con la ley Quienes obtengan el certificado de derecho de gestión del contrato de terreno rural podrán enajenarlo, arrendarlo, suscribirlo, hipotecarlo o enajenarlo de otras formas, y la gestión de la transferencia se realizará con referencia a estas Medidas.

Artículo 35 El término "transferencia" tal como se menciona en estas Medidas significa que el contratista tiene una ocupación no agrícola estable o una fuente estable de ingresos, y previa solicitud del contratista y el consentimiento de la parte emisora ​​del contrato, parte o la totalidad de la tierra contratada será operada. Los derechos se transfieren a otros agricultores dedicados a la producción y operaciones agrícolas, y los otros agricultores cumplen con los derechos y obligaciones de los contratos de tierras correspondientes. Después de la transferencia, la relación contractual original del terreno terminará automáticamente y el contratista original perderá parte o la totalidad de sus derechos de contratación y gestión durante el período del contrato.

Subcontratación significa que el contratista transfiere parte o la totalidad de los derechos de gestión de la tierra contratados a otros agricultores de la misma organización económica colectiva para la producción y gestión agrícola dentro de un período de tiempo determinado. Después de la subcontratación, la relación del contrato de terreno original permanece sin cambios y el contratista original continúa desempeñando los derechos y obligaciones estipulados en el contrato de contrato de terreno original. El Contratista será responsable ante el Subcontratista de acuerdo con las condiciones acordadas al momento de la subcontratación.

Salvo que el contratista entregue el terreno a otros por menos de un año.

El intercambio se refiere al intercambio de tierras contratadas pertenecientes a la misma organización económica colectiva entre hogares contratantes para la conveniencia de la agricultura o sus propias necesidades, y el intercambio de los correspondientes derechos de gestión de contratos de tierras.

La propiedad compartida significa que, para desarrollar la economía agrícola, los hogares que implementan el modelo de contratación familiar utilizan los derechos de gestión de contratos de tierras como capital para participar voluntariamente en la producción cooperativa agrícola y en la gestión de contratistas en otros métodos de contratación de tierras; para la gestión Los derechos se cuantifican en patrimonio, y se constituyen sociedades anónimas o cooperativas para dedicarse a la producción y explotación agrícola.

Arrendamiento significa que el contratista arrienda parte o la totalidad de los derechos de manejo de tierras contratados a otros para la producción y manejo agrícola dentro de un período de tiempo determinado. Después del arrendamiento, la relación del contrato de terreno original permanece sin cambios y el contratista original continúa desempeñando los derechos y obligaciones estipulados en el contrato de contrato de terreno original. El arrendatario será responsable ante el contratista de acuerdo con las condiciones pactadas al momento del arrendamiento.

Los cesionarios mencionados en estas Medidas incluyen contratistas y arrendatarios.

Artículo 36 Estas Medidas se implementarán oficialmente a partir de marzo de 2005.